¿A qué otras prestaciones eres acreedor, además del aguinaldo?

Con las fechas decembrinas cada vez más cerca, las empresas en México comienzan a realizar el pago de aguinaldo a sus trabajadores.

Pero eso no es todo, ya que puedes ser acreedor al pago por laborar en días festivos durante las celebraciones navideñas.

Las empresas tienen como fecha límite para el pago de aguinaldo el 20 de diciembre, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuáles son las prestaciones a las que puedes ser acreedor, además del aguinaldo?

  • Días feriados: 25 de diciembre y 1 de enero
  • Prima dominical: este año esta prestación cae en Año Nuevo y Navidad, por lo que serás acreedor de un 25 por ciento más de laborar cualquiera de estos dos días.
  • Vacaciones: algunas empresas otorgan los seis días para celebrar las fiestas decembrinas.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo, sobre el pago de días feriados?

Según la Ley Federal del Trabajo, todo empleado que labore en días feriados deberá de recibir el triple de pago por parte de la empresa en donde trabaja.

“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado

Ley Federal del Trabajo

No te preocupes, te contamos ¿Cómo calcular tu aguinaldo, según lo estipulado por Ley Federal del Trabajo?.

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