SCJN valida límite al aumento de rentas en CDMX

La SCJN validó el límite a los aumentos en rentas en CDMX. Foto: X/@SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el límite al aumento de rentas en la Ciudad de México (CDMX), es constitucional.

El pleno de la SCJN declaró constitucional el artículo 2448 D del Código Civil local, que establece que el aumento de la renta de vivienda no puede exceder la inflación anual reportada por el Banco de México en el año anterior. 

La Corte sostuvo que ese límite es una medida legítima para proteger el derecho a una vivienda adecuada, reconocido en el artículo 4° constitucional y en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Así como para prevenir incrementos desproporcionados que favorecen procesos de gentrificación.

Asimismo, estableció que “este límite no elimina la libertad contractual ni el derecho a la propiedad” previstos en la ley. Ya que “permite a las partes seguir fijando de forma libre el monto inicial de la renta y las demás condiciones de arrendamiento”.

Corte valida creación del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento

Respecto al contenido del artículo 2448 F, párrafos tercero y cuarto, el Pleno validó la creación del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento a cargo del Gobierno de la CDMX.

Sin embargo, a través de una interpretación conforme, determinó que la obligación de los arrendadores de registrar los contratos, debe entenderse de forma limitada a la recopilación de la información estrictamente necesaria.

Por lo anterior, el registro únicamente podrá incluir el monto de la renta y el incremento pactado, así como la colonia y alcaldía del inmueble.

Mientras que, el resto de las cláusulas, tales como descripción detallada del inmueble, lugar de pago de la renta, garantía, término del contrato, entre otros, deben quedar excluidas. 

La Corte aclaró que la finalidad es únicamente almacenar datos que tengan como objetivo dar seguimiento a la evolución de los precios del arrendamiento y generar estadísticas que permitan evaluar la asequibilidad del mercado habitacional. 

Finalmente, subrayó que la información deberá tratarse bajo estrictos estándares de confidencialidad y protección de datos personales conforme a la legislación aplicable en la CDMX.

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