Esta es la multa si no tramitas el RUAC de tus perros y gatos

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Esta es la multa si no tramitas el RUAC de tus perros y gatos en CDMX. Fuente: Gobierno de México

El pasado 27 de marzo, entro en vigor la Ley de Protección y Bienestar de los Animales en la Ciudad de México, el cual establece la implementación del Registro Único de Animales de Compañía (RUAC).

En caso de no cumplir con este requerimiento, los propietarios de macotas podrían ser acreedores a una multa. Aquí te decimos de cuánto es.

El RUAC o también conocido como CURP para mascotas es completamente gratuito y obligatorio para todos los animales de compañía de la CDMX.

La nueva ley de Protección Animal, establece en el artículo 4, fracción 34, Bis 1, que es una obligación adquirida por las personas que compren o adopten un animal de compañía tramitar el RUAC de la mascota.

Este registro será necesario para las campañas de vacunación, desparasitación, erradicación de enfermedades zoonóticas y de esterilización, que realizan las autoridades capitalinas.

El RUAC será apoyado por todas las instancias gubernamentales que manejen los datos de animales de compañía y se aplicará la legislación en materia de protección de datos personales.

La nueva ley establece, en el artículo 30 Bis, que todo animal de compañía que, según su especie y características, pueda usar collar o pechera adecuado para su edad y tamaño sin lastimarlo, deberá portarlo de manera permanente.

¿Cómo tramitar el RUAC de mi perro o gato?

La Ley de Protección y Bienestar de los Animales entró en vigor este 1 de abril, por lo que es necesario dar de alta a su mascota para obtener el RUAC.

Para poder tramitarlo, necesitas entrar a la página de internet https://www.ruac.cdmx.gob.mx/.

En ese sito de internet te solicitaran tus datos personales, así como los de tu mascota y algunas fotografías de tu perrito o gato.

En caso de no registrar a tu mascota en el RUAC podrás ser acreedor de una multa de 21 a 30 veces la Unidad de Medica y Actualización (UMA) vigente.

Lo que representa que la sanción podría ir de 2 mil 279.97 a 3 mil 257 pesos, o a un arresto administrativo de 25 a 36 horas, por violaciones a la ley.

En caso de que tu mascota se extravíe y sea resguardada por los Centros de Atención Canina y Felina o por las Clínicas Veterinarias a cargo de las alcaldías, el RUAC te servirá para reclamarla.

De acuerdo con lo que establece la legislación, el propietario del animal de compañía puede reclamar a su perro o gato dentro de los cinco días hábiles siguientes a su captura.

Para ello, se deberá acreditar la propiedad de la mascota con la clave del RUAC. En caso de no contar con ella, será necesario presentar alguno de estos documentos:

  • Contrato de adopción
  • Factura de compra
  • Cartilla de vacunación
  • Constancia de hechos emitida por alguna autoridad competente
  • Presentar evidencia fotográfica del animal

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