Santiago Taboada solicitará licencia para buscar candidatura a la jefatura de Gobierno CDMX
El pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, reconoce la constitucionalidad de disposiciones de que permiten el acceso a los servicios de salud para el ejercicio del derecho de las mujeres, niñas, adolescentes con capacidad de gestar, a la interrupción del embarazo en caso de violación.
Con esto se establece que las instituciones públicas de atención médica deberán prestar obligatoriamente servicios de interrupción voluntaria del embarazo a la persona afectada.
Tratándose de personas menores de 12 años de edad, se realizará a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.