Ley Airbnb en CDMX: Congreso aprueba límite de días en las que puedes rentar tu inmueble

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Ley Airbnb en CDMX: Congreso aprueba límite de días en las que puedes rentar tu inmueble. Fuente: Airbnb

El Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen que regula la competencia entre alojamientos turísticos de corta estancia, como Airbnb, y hoteles tradicionales.

El dictamen aprobado añade un cuarto párrafo al artículo 61 de la Ley de Turismo de la Ciudad de México, uno al artículo 36 Bis de la Ley de Vivienda y otro más al artículo 22 de la Ley de Vivienda de la Ciudad de México.

Dichas modificaciones equilibran la competencia entre alojamientos ofertados a través de plataformas digitales y hoteles tradicionales.

Al respecto, César Emilio Guijosa Hernández, diputado de Morena, afirmó que las plataformas digitales han alterado los servicios de alojamiento en la CDMX.

Mencionó que esto ha provocado una serie de externalidades negativas, tales como la gentrificación y el aumento de los precios de la vivienda.  

Ante ello, indicó que regular los alojamientos turísticos favorecerá al equilibrio en el mercado, dando prioridad a los intereses de los establecimientos hoteleros y evitando la saturación de los hospedajes por aplicación.

En tanto, la diputada de morena, Cecilia Vadillo Obregón, aseguró que el objetivo del dictamen es asegurar rentas accesibles de vivienda para la población.

Asimismo, detalló que las alcaldías Benito Juárez, Miguel Hidalgo y Cuauhtémoc son las demarcaciones más afectadas debido a la competencia de las rentas con plataformas como Airbnb.

Sin embargo, algunos diputados mostraron su inconformidad con el dictamen, es el caso del panista Diego Orlando Garrido López, quien aseveró que la medida «va en contra de la propiedad privada y la libertad individual de las personas».

También, argumentó que el Estado no debe ser quien determine cómo se pueden utilizar los bienes inmuebles.

Airbnb tendrá límite en días de renta

La reforma a la Ley de Turismo de la CDMX establece un límite de días permitidos para la renta de un inmueble, es decir, una restricción respecto al porcentaje de hospedaje anual permitido.

Se estableció un coeficiente de ocupación máxima del 50% anual para las unidades de alojamiento ofertadas en plataformas digitales.

También, se determinó que no se podrá renovar el registro de aquellos inmuebles que excedan el porcentaje de ocupación establecido.

«Los inmuebles que no se puedan renovar por exceder el porcentaje anual de ocupación establecido, podrán registrarse nuevamente pasado un año de la negativa». 

De la misma manera, se establece una prohibición explícita de registrar y ofrecer, mediante plataformas digitales, inmuebles destinados a vivienda social o viviendas reconstruidas tras el sismo del 19 de septiembre de 2017.

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