SAT anuncia fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025 de empresas. Foto: Chat GPT.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la fecha límite para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025.
Mediante un comunicado, la institución detalló que el plazo concluye el 31 de marzo de 2026, por lo que llamó a los contribuyentes a cumplir en tiempo y forma con esta obligación fiscal.
Asimismo, mencionó que las fechas para presentar la declaración anual varían según el régimen fiscal al que pertenezcan las personas morales.
El calendario revelado por el SAT es el siguiente:
- Personas morales sin fines de lucro: fecha límite 16 de febrero de 2026.
- Demás regímenes contemplados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): fecha límite 31 de marzo de 2026.
Cabe señalar que la Declaración Anual 2025 es obligatoria para las empresas de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
Plataforma con información precargada
A fin de facilitar este proceso, el SAT cuenta con una plataforma con información precargada correspondiente al ejercicio fiscal.
Algunos de los datos disponibles son:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagadas en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas, como ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO.
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
En caso de requerir modificaciones en los ingresos o en los datos precargados, se deberán presentar declaraciones complementarias.
Cuando exista un saldo a cargo, la información será actualizada 48 horas después de realizar el pago. Si el resultado es en ceros, el sistema lo reflejará en un plazo de 24 horas.
Requisitos para la Declaración Anual 2025
Para realizar la Declaración Anual 2025 es necesario contar con la e.firma vigente y con un servicio de banca en línea.
En caso de obtener un salgo a cargo, el pago se deberá realizar mediante una transferencia electrónica a través de bancos autorizados.
Con esta herramienta, el SAT busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas.
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