Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 123 de la Constitución mexicana para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales con aplicación gradual hasta 2030.
La modificación fue aprobada previamente por el Congreso en el pasado mes de febrero. Tras esto, el decreto fue enviado para su publicación en el DOF, lo que marca su formalización legal.
«El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación», se indica en el texto. El Congreso deberá realizar las reformas a las leyes secundarias en un plazo de 90 días.
Reducción de la Jornada laboral a 40 horas
Determina que la jornada laboral será de 40 horas semanales y que su aplicación será gradual hacia 2030, a partir del 1 de enero del año correspondiente:
- 2027: 46 horas semanales
- 2028: 44 horas semanales
- 2029: 42 horas semanales
- 2030: 40 horas semanales
Por cada seis días de trabajo, las personas trabajadoras deberán disfrutar de por lo menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un 100 % más de lo fijado para las horas ordinarias a partir de 2027.
De acuerdo con los nuevos lineamientos, el trabajo extraordinario no deberá exceder las 12 horas en una semana y podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.
De prolongarse el tiempo extraordinario, los empleadores deberán pagar 200 % más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria.
Asimismo, aclara que en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
Además, la jornada prohíbe trabajar tiempo extraordinario a las personas menores de 18 años, entre otros puntos.
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