SCJN determina que el Estado debe garantizar el suministro de medicamentos

La SCJN determinó que, ante enfermedades que implican el uso de medicamentos de forma constante, el Estado deber de garantizar su entrega.

Medicamentos

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, ante enfermedades que implican el suministro de medicamentos de forma periódica, el Estado tiene el deber de garantizar la entrega de ellos.

Además, dictaminó que, en caso de no cumplir con el suministro del fármaco debido, se deberá reembolsar al paciente el costo total del medicamento a fin de poder adquirirlo por otras vías.

Esto al considerar que, al interrumpirse el suministro del medicamento, se vulnera el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

A través de un comunicado, la Corte señaló que la decisión se tomó debido a que un ciudadano promovió un amparo contra la omisión de un Hospital Regional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Pues la institución no entregó de manera oportuna el medicamento necesario para el control de la enfermedad que padece.

Ante la urgencia por la falta de suministro de este, el paciente adquirió el medicamento por su propia cuenta.

Por lo que solicitó el reembolso de los gastos, lo cual hizo del conocimiento de las autoridades responsables y del Juez de Distrito, quien sobreseyó en el juicio.

Contra esta determinación, el quejoso interpuso recurso de revisión.

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Al analizar el caso, la Primera Sala de la SCJN determinó lo siguiente:

  • Que en este caso se incumplió con la obligación de implantar acciones encaminadas a medir y favorecer, con apego al tratamiento respectivo, el derecho a la salud.
  • Se debe reembolsar al quejoso los gastos erogados con motivo de la adquisición del tratamiento requerido para tratar su enfermedad.
  • Existe un deber de diligencia por parte del Estado que deberá potencializarse con un carácter reforzado, pues de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.

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