Con 85 votos a favor y 41 votos en contra, el Senado de la República aprobó la iniciativa de impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal, también llamada «supremacía constitucional».
Esta iniciativa tiene como finalidad blindar las reformas aprobadas de manera previa por la cuarta trasformación, entre las que sobresale la reforma judicial.
Las bancadas de oposición (PRI, PAN y MC) critican la iniciativa como una presunta dictadura en México, sin embargo, se avaló de manera previa por las Comisiones Unidas del Senado.
Debido a las discusiones que se fueron elevando, Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva, ordenó un receso a la sesión.
¿De qué trata la iniciativa?
Esta iniciativa modifica el segundo párrafo del artículo primero de la Constitución, adiciona un último párrafo a los artículos 103 y 105, además, reforma el primer párrafo del artículo 107.
Con ello, Morena pretende que esta iniciativa sea retroactiva, lo que generó controversia en la sala con la oposición.
Se agregó al artículo primero de la Constitución:
«Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, pero en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad».
Adición al artículo primero de la Constitución.
Sobre el artículo 103, se añade lo siguiente:
«Quedan exceptuadas de lo dispuesto en las fracciones anteriores, las reformas y adiciones a esta Constitución, su forma, procedimiento y fondo, contra lo que no cabe juicio o recurso alguno, en ningún caso».
Adición al artículo 103 de la Constitución.
Cabe mencionar que la reforma al Poder Judicial, enfrenta múltiples suspensiones. Una de ellas es la de la jueza Nancy Juárez, quien solicitó a la presidenta Claudia Sheinbaum que elimine el decreto del Diario Oficial de la Federación (DOF).
Entérate de todas las noticias por medio de nuestra cuenta oficial en Instagram
En el artículo 105 constitucional, se adiciona:
“Se declaran como «improcedentes» las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad «que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución, incluyendo el proceso deliberativo».
Adición al artículo 105 de la Constitución.
Finalmente, en el artículo 107 indica:
«No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución, incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votación».
Modificación al artículo 107 de la Constitución.
También te puede interesar: Jueces y magistrados aceptan levantar paro, tras orden del CJF