Estos trabajadores no recibirán aguinaldo en 2025, de acuerdo con la LFT

De acuerdo con la LFT, el aguinaldo está condicionado por la existencia de una relación laboral formal y subordinada ante un patrón.

Con la llegada del fin de año a las puertas, miles de trabajadores se preparan para recibir el pago del aguinaldo, una de las prestaciones laborales más esperadas.

No obstante, no todos los trabajadores del país tienen derecho a recibirlo, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La legislación laboral dictamina que este beneficio está condicionado por un elemento indispensable: la existencia de una relación laboral formal y subordinada ante un patrón.

De manera que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 20, 21 y 87 de la LFT establecen quiénes deben recibir aguinaldo.

En términos generales, si el trabajador no cuenta con un contrato laboral o no está dado de alta ante el IMSS, no tiene derecho legal a recibir esta prestación.  

En estos casos, el patrón podría otorgarlo de forma voluntaria, ya que la ley no lo obliga a hacerlo.

El artículo 87 de la LFT menciona que el aguinaldo equivale al menos a 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

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¿Qué trabajadores no cuentan con derecho a aguinaldo 2025?

La Ley Federal del Trabajo menciona que los siguientes trabajadores no cuentan con derecho garantizado a recibir aguinaldo,:  

Prestadores de servicios por honorarios

En este rubro se encuentran freelancers, diseñadores, programadores o abogados, cuyas labores no están subordinadas a un patrón. Solo podrían recibir aguinaldo si su contrato de servicios lo establece expresamente.

Socios, cooperativistas y comisionistas sin subordinación

Aquellos que forman parte de una sociedad o cooperativa, quienes reciben rendimientos o utilidades y no salarios. En estos casos, la prestación se paga solo si existe un acuerdo interno o reglamento voluntario que lo contemple.

Trabajadores sin contrato formal o sin registro ante el IMSS

Quienes laboran bajo acuerdos verbales o informales y no cuentan con un vinculo jurídico que respalde la prestación. Aún así, quienes logren demostrar que cuentan con supervisión o un horario fijo, pueden acudir a la PROFEDET o a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para solicitarlo.

Trabajadores del hogar no formalizados

Luego de la reforma de 2022, al artículo 33 Bis, los empleados domésticos cuentan con derecho a aguinaldo solo si están registrados ante el IMSS o tienen un contrato formal. Por ello, quienes trabajan “por días” o sin registro no cuentan con este beneficio.

Voluntarios, becarios y aprendices sin contrato

Los participantes en programas de becas, prácticas profesionales o voluntariado no cuentan con derecho a aguinaldo, pues el apoyo que reciben no se considera un salario, a menos que exista un contrato formal.

Trabajadores del sector informal

Aquellos que laboran sin contrato, sin registro ante el IMSS o sin recibo de nómina no cuentan con un respaldo legal que les otorgue aguinaldo, aunque algunos patronees lo entregan de forma simbólica.

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Estos trabajadores recibirán 40 días de aguinaldo 2025, según el DOF

El fin de año es una de las temporadas más esperadas, ya que los trabajadores esperan con ansias el pago del aguinaldo. Un beneficio establecido en la Ley federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, algunos trabajadores recibirán 40 días de aguinaldo 2025. 

El pasado 4 de noviembre, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que oficializa el pago del aguinaldo 2025 a los trabajadores del sector público federal, estableciendo un monto equivalente a 40 días de salario.

El decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, establece que el pago podrá realizarse a partir del 10 de noviembre. Lo cual busca mantener el principio de justicia y equidad en la administración pública.

El documento se funda en los artículos 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Estos establecen el aguinaldo como parte de las remuneraciones anuales de los servidores públicos.

¿Quiénes recibirán el aguinaldo de 40 días en 2025?

En el DOF se especifica quiénes recibirán el aguinaldo equivalente a 40 días de salario. Es decir, el pago será exclusivo para personal del gobierno federal.

  • Servidores públicos federales
  • Miembros del Ejército en activo
  • Diplomáticos
  • Pensionados con recursos del erario
  • Personal operativo de confianza de las Dependencias y Entidades
  • Personal de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades, así como el personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre en funciones en territorio nacional
  • Personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales en las Dependencias y Entidades y al Servicio Exterior Mexicano, bajo el régimen de honorarios con cargo a recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal
  • Personal de las demás categorías no previstas en los incisos anteriores autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

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