SCJN determina que ante cargos indebidos bancos deben regresar dinero

La SCJN determinó que, ante cargos indebidos, los bancos deben regresar el dinero con intereses moratorios de un 6% anual.

Cargos indebidos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, ante cargos indebidos, los bancos deben regresar el dinero con intereses moratorios de un 6% anual.

La Primera Sala de la Corte resolvió que las instituciones financieras tienen la obligación de conservar y devolver el dinero que reciben de los cuentahabientes, por lo que si se realiza un cargo indebido a una tarjeta de débito tendrán que responder por el monto sustraído.

En caso contrario, tendrán que pagar intereses moratorios de un 6% anual, contando a partir de la fecha que el usuario da aviso del cargo indebido y no hasta que haya una resolución del banco.

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La resolución puntualiza que si el banco demuestra que el cargo sí se realizó o autorizó por el cuentahabiente, podrá recuperar la cantidad correspondiente y cobrar intereses.

La SCJN recordó que las instituciones financieras no deben obligar a sus clientes a reclamar el dinero por cargos indebidos mediante un proceso legal.

La devolución de lo descuidado debe efectuarse con el simple aviso que realiza el usuario.

En caso de llegar a juicio, los artículos 2226 y 2229 del Código Civil Federal establecen que los intereses seguirán corriendo, hasta que el juez dicte una sentencia, a favor del usuario o banco.

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