Así puedes obtener acuse o la constancia de la Declaración Anual 2023 y conocer el estatus de la devolución

Al presentar la Declaración Anual puedes obtener un acuse o constancia que acredite la correcta presentación de este importante trámite.

Si ya presentaste tu Declaración Anual 2023 y quieres obtener el acuse o la constancia de este trámite, así como saber el estatus de tu devolución, aquí te decimos cómo hacerlo.

Al presentar la Declaración Anual, cada contribuyente puede obtener un acuse o constancia que permita acreditar la correcta presentación de este importante trámite.

Acuse

Este documento indica cuándo, a qué hora y cómo presentaste tu declaración, así cómo el tipo de ingresos que declaraste y si tuviste un saldo a favor o un saldo pendiente.

Además, en caso de que tuvieran que pagar algo, en el acuse aparece la línea de captura para liquidar la deuda.

Para obtener este documento solo debes acceder a la página web del SAT: https://www.sat.gob.mx/home.

Dirigirte al apartado «Otros trámites y servicios» y luego selecciona la opción «Reimprime tus acuses de declaraciones presentadas«.

Escribe tu RFC, contraseña y el Captcha que aparece en sitio, una vez que ingreses tus datos selecciona el apartado «Imprime tu acuse«.

Una vez ahí, selecciona el tipo de declaración, periodo y ejercicio, posteriormente da clic en «Buscar«.

También, puedes buscar sólo por el año, con lo que te aparecerán todas las que hayas presentado en ese periodo.

Elige la que desees y da clic en el ícono con forma de hoja de papel, finalmente, descarga o imprime el archivo.

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Constancia

Para acreditar tu declaración también puedes solicitar una constancia. Este documento es el único de los dos que te servirá como documento oficial para comprobar que cumpliste con esta obligación fiscal.

Sin embargo, por cada constancia que solicites deberás pagar 177.61 pesos por hoja, por cuestión de derechos.

Para tramitar este documento entra a la página del SAT y da clic en «Iniciar«, para después ingresar tu RFC, contraseña y Captcha.

Luego, da selecciona «Servicios por internet» y da clic en «Solicitud«, en el apartado de «Servicio o solicitudes«.

Posteriormente, te aparecerá una página con tus datos, donde deberás seleccionar la opción que dice «Constancia de declaraciones y pagos«.

En la parte de abajo anota a quién debe estar dirigida, el asunto y la descripción de lo que necesitas.

Después da clic en «Enviar» y espera a que llegue al correo que introdujiste como medio de contacto en tu Buzón Tributaria la línea de captura para pagar en el banco.

Una vez que pagaste lo indicado por cuestión de derechos, envía el comprobante a través de la misma plataforma en el apartado de «Notas«.

Una vez que el SAT valide tu pago recibirás la constancia que acredita que presentaste tu Declaración Anual.

¿Cómo conocer el estatus de tu devolución?

Para saber el estatus de la devolución del saldo tienes que entrar a sitio de internet del SAT o dar clic en este enlace https://www.sat.gob.mx/consultas/60336/consulta-tu-devolucion-automatica-2021

Selecciona “Iniciar” e introduce tu RFC, contraseña y el Captcha que aparece, para después indicar el tipo de solicitud que se trata, el ejercicio al que le corresponde y el tipo de solicitud a mostrar.

Con esta información sabrás si ya fue aprobada o rechazada, así como cuánto tiempo tienes que esperar, o si debes tomar otras medidas.

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Estos son los gastos médicos que puedes deducir en tu declaración anual

Algunos gastos médicos deducibles pueden disminuir los ingresos acumulables del ejercicio fiscal, logrando una devolución de impuestos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que pueden deducir los gastos médicos al presentar su Declaración Anual 2023. Aquí te decimos cuáles son.

A través de un comunicado, detalló que los contribuyentes que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, tienen la posibilidad de deducir una serie de gastos médicos.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso.

Tales deducciones permiten que el contribuyente pueda obtener una devolución de impuestos en determinados casos.  

Los gastos médicos que se pueden decir en la declaración anual son:

  • Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales
  • Gastos hospitalarios
  • Medicinas incluidas en facturas de hospitales
  • Honorarios a enfermeras
  • Análisis o estudios clínicos
  • Prótesis
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
  • Lentes ópticos graduados
  • Primas por seguros de gastos médicos

Cabe señalar que, estos gastos son deducibles para el contribuyente o familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

El SAT detalló que para hacer efectiva la dedición de estos conceptos, los gastos deben ser respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional.

Asimismo, los gastos den haberse pagado mediante un cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito u servicios.

Igualmente se pueden deducir los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal.

Para ello, se debe contar con el certificado o la constancia correspondiente expedida por instituciones de salud pública.

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Declaración Anual 2023: Estos son los 3 gastos de tu auto que son deducibles de impuestos

Algunos gastos deducibles de impuestos tienen que ver con los relacionados a tu automóvil. Entérate cuáles son.

Al presentar tu Declaración Anual, como contribuyente tienes derecho a realizar una deducción fiscal de ciertos conceptos. Algunos de ellos tienen que ver con tu auto, aquí te decimos cuáles son.

Algunos gastos deducibles de impuestos son los que tienen que ver con la salud, educación, donativos, etc.

Estos conceptos se conocen como “deducciones personales” y dentro de ellas se encuentras algunos servicios para el automóvil que puedes incluir en tu declaración.

De acuerdo con el Servicio de Atención Tributaria (SAT), al realizar tu Declaración Anual es importante mostrar facturas electrónicas para la aplicación de las deducciones.

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La presentación de los deducibles depende del régimen fiscal al que pertenezcas, pero de manera general los gastos relacionados con el coche que puedes deducir son:

  • Compra de gasolina o diésel

En este caso, el SAT establece que la carga de combustible debe realizarse en alguna estación que no esté a más de 50 kilómetros del domicilio fiscal.

  • Equipo de mantenimiento

La compra de batería, refacciones y anticongelante son deducibles siempre y cuando solicites tu factura.

  • Tramites vehiculares

La tenencia, verificación y el seguro del automóvil también pueden ser deducibles. Para ello, deben realizarse a tu nombre e indicar tu régimen fiscal.

Cabe señalar que, el pago de estos gastos debe hacerse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

La deducción de estos conceptos no procede si el pago se realizó en efectivo.

La declaración anual correspondiente al 2023, para personas físicas, se realiza del 1 al 30 de abril.

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Impuestos se podrán pagar en parcialidades: SAT

El SAT dio a conocer que los contribuyentes podrán realizar el pago de impuestos hasta en seis parcialidades.

El Servicio de Atención Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes a los que se le determine pagar impuestos pueden hacerlo hasta en seis parcialidades.

A través de un comunicado, el SAT detalló que esta medida será efectiva siempre y cuando se realice la declaración en tiempo y forma dentro del tiempo legal establecido.

Asimismo, indicó que la primera parcialidad debe realizarse dentro del mismo periodo, es decir abril de 2024.

Para poder realizar el pago de impuestos en parcialidades se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Las parcialidades se realizarán a más tardar el último día del mes que correspondan.
  • Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los pagos se deben realizar en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Se pueden cubrir los pagos de manera anticipada.
  • Si no se pagan las parcialidades en el tiempo establecido se cobrarán recargos.
  • El último pago debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024.

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¿Quiénes deben presentar su Declaración Anual 2023?

El SAT precisa que las personas físicas que deben presentar la Declaración Anual 2023 son quienes:

  • Obtuvieron ingresos de un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Obtuvieron salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos anuales.
  • Han realizado servicios profesionales.
  • Desempeñan actividades empresariales.
  • Cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Adquirieron o compraron bien inmueble.

Para presentar tu Declaración Anual 2023 debes contar con RFC, contraseña o tu e.firma.  

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¿Quiénes pueden solicitar una devolución de saldo a favor al SAT?

Se aproxima la fecha para realizar la Declaración Anual 2023. ¿Quiénes pueden solicitar la devolución de impuestos y quiénes no?

En abril se debe presentar la Declaración Anual de impuestos para las personas físicas. Algunos contribuyentes podrían obtener una devolución de impuestos o saldo a favor.

Por ello, aquí te decimos quiénes pueden solicitar la devolución de este dinero y quiénes no.

Una vez realizada la Declaración Anual, el Servicio de Atención Tributaria (SAT) puede rechazar tu solicitud de devolución, en caso de presentar inconsistencias.

De acuerdo con el portal de internet del SAT, los contribuyentes que no podrán solicitar la devolución en forma automática son aquellas que:

  • Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Soliciten devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
  • Presenten su solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
  • Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución.
  • Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B.
  • Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.
  • Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.

Asimismo, el portal de internet señala que para hacer efectiva la devolución de forma automática el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber señalado la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Haber presentado tu declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda.
  • Contar con número de cuenta CLABE a 18 dígitos que se encuentre activo para que, en caso de que proceda el importe autorizado, sea depositado.
  • La cuenta CLABE debe ser única por contribuyente.

Sin embargo, debes tener en cuenta que si el saldo a favor es excedente a los 150 mil pesos no podrás realizar el trámite de manera automática.

En este caso, para poder solicitar tu devolución deberás llenar el Formato Electrónico de devoluciones (FED), que también encuentras en la página de internet.

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SAT amplía horario de atención por Declaración Anual 2023 de personas morales

Para que las personas morales cumplan en tiempo y forma con su declaración anual de impuestos 2023, el SAT ampliará su horario de atención.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que con motivo del cierre de la campaña de Declaración Anual 2023 de personas morales, el horario de atención en sus oficinas se ampliará.

A través de un comunicado, el organismo detalló que el horario de atención será de 8:30 a 18:00 horas durante los días 22, 25, 26 y 27 de marzo, así como el 1 de abril de 2024.

Asimismo, recordó que los días 28 y 29 son inhábiles, por lo que para cualquier duda o aclaración, se deberá acudir a los módulos de atención los días y horarios mencionados.

La autoridad tributaria explicó que esta medida tiene como objetivo que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con esta obligación fiscal, siendo el último día para presentarla el 1 de abril de 2024.

¿Qué se necesita para realizar la Declaración Anual?

Para presentar la Declaración Anual 2023 las personas morales, deberán contar con:

  • RFC y e.firma.
  • Información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
  • Un servicio de banca electrónica para hacer transferencias electrónicas.

Por otra parte, se recomendó estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, toda vez que la información la encuentras precargada en la declaración anual.

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SAT habilita el simulador para la declaración anual 2023: ¿Cómo utilizarlo?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición de los contribuyentes el simulador para la Declaración Anual 2023.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición de los contribuyentes el simulador para la Declaración Anual 2023.

Esta plataforma permitirá visualizar información precargada sobre ingresos, intereses, impuestos, deducciones personales y la determinación del saldo a favor.

Este proceso es fundamental para personas físicas y morales en México, quienes deben presentar anualmente esta declaración para informar sobre sus actividades económicas.

La fecha límite para la presentación de la declaración 2023 está establecida para el 31 de abril de 2024. Aún así, dicha fecha está sujeta a posibles cambios que anunciará el SAT.

Debes tomar en cuenta que se pone a disposición el simulador a partir del día 1 y hasta el 31 de marzo de 2024,

Paso a paso para usar el simulador

Lo primero que debes hacer es abrir el portal del SAT, da clic aquí. Luego, dar clic en declaraciones, dar clic a «ver más» y, en el apartado de «anuales».

Posteriormente, debes apretar la opción «Presenta tu Declaración Anual de personas físicas para 2022».

En este caso, la primera forma para entrar al simulador es ingresar con tu RFC completo, tu contraseña y capturar el captcha.

La segunda es con tu e.firma. Puedes acceder al sistema con los archivos .cer, .key y la contraseña privada de la e.firma.

Este simulador facilita el proceso al pre-llenar algunos campos con datos previamente registrados.

Es una herramienta importante que ayuda a los contribuyentes a comprender mejor sus responsabilidades fiscales y a presentar la declaración anual de impuestos correspondiente a este año

Sin embargo, en caso de errores o inconsistencias, la dependencia puede llevar a cabo auditorías y, si se determina que hay impuestos por pagar, imponer multas y recargos.

Conoce los requisitos para presentar tu Declaración Anual 2023 ante el SAT

El SAT informó que ya se acerca la fecha en la que los contribuyentes deben realizar su declaración anual del ejercicio fiscal 2023.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes ya se acerca la fecha en la que deben realizar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023. Aquí te decimos los detalles.

Las personas morales pueden presentar este trámite a partir del 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024.

En tanto, las personas físicas deben presentar este requerimiento del 1 al 30 de abril de 2024.

Cabe señalar que, la obligatoriedad de la Declaración Anual depende del régimen fiscal al que pertenece cada contribuyente.

La Declaración Anual es un trámite en el que se reporta los movimientos financieros y fiscales ocurridos en el año anterior, en este caso entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Este ejercicio permite conocer la situación fiscal del contribuyente para poder determinar el monto del impuesto a pagar.

Esta medida aplicada para personas físicas y morales permite la regularización fiscal y el cumplimiento de obligaciones tributarias en México.

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Requisitos para presentar la Declaración Anual 2023

Entre los requisitos para realizar la Declaración Anual se encuentran:

  • RFC
  • Contraseña
  • e.firma
  • En caso de saldo a favor, datos bancarios que incluyen la CLABE y nombre del beneficiario.

Para completar de forma exitosa la declaración, es necesario contar con comprobantes fiscales y registros de ingresos.

Para realizar este trámite puedes acceder al portal del SAT, llena los formularios que se requieren y fírmalos de manera digital

La omisión de este trámite puede resultar en sanciones económicas para los contribuyentes.

Quienes trabajan de manera independiente, recibieron ingresos por dos empleadores o tuvieron ingresos extraordinarios como liquidaciones, así como quienes han obtenido rentas por arrendamiento o ganado premios, deben presentar de manera obligatoria este requerimiento.

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Esta es la fecha para pedir al SAT la devolución de tu saldo a favor

Al hacer tu declaración anual de impuestos, tienes la opción de obtener un saldo a favor. Te decimos la fecha limite para este beneficio.

Al hacer tu declaración anual de impuestos, tienes la opción de obtener un saldo a favor. Pero debes de apurarte, puesto que sólo podrás solicitar la devolución automática al finalizar este mes. Te decimos todo lo que tienes que saber respecto a este beneficio.

Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan

El saldo a favor ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar que te sea devuelta la cantidad.

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Debido a esto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio para solicitar la devolución automática de su saldo a favor.

Señalaron que esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:

  • Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda.

Condiciones para aplicar la devolución del saldo a favor

Es preciso recalcar que la solitud de devolución automática se debe realizar inmediatamente cuando finalizas tu declaración anual fiscal en la plataforma del SAT.

Si se te pasó y no lo hiciste cuando ejecutaste el tramite, solo te queda la opción de devolución manual.

De igual forma, en caso de que el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, 

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Finalmente, debes recordar que la cuenta bancaria a la que solicites el depósito debe estar a tu nombre. Este requisito es para evitar irregularidades fiscales.

SAT reitera que no habrá prórroga para declaración anual de personas morales

El SAT informó que no habrá prórroga para la fecha limite de declaración fiscal anual en personas morales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no habrá prórroga para la fecha limite de declaración fiscal anual en personas morales.

Estamos a días para termine el plazo otorgado por Hacienda para la declaración anual de las empresas. Por ello, algunas organizaciones han solicitado más tiempo para cumplir con sus obligaciones.

El próximo 3 de abril es la fecha limite para presentar dicha declaración.

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Las personas morales que tributan en el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) también debe cumplir con la ley.

Diversos empresarios solicitaron al SAT extender por 15 días más el plazo para presentar sus declaraciones. Sin embargo, la autoridad reiteró que no habrá prórroga alguna.

«Tienes hasta el 3 de abril”, difundió el organismo.

Asimismo, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) pidió al SAT la ampliación de la fecha límite para el cumplimiento de dicho requerimiento.

De igual forma, la Confederación Patronal (Coparmex) advierte que el portal para declarar impuestos presenta fallas y errores que dificultan el cumplimiento de la obligación.

La organización aseveró que las empresas han tenido dificultades en la plataforma para presentar las declaraciones. Afirmaron que sí tienen el compromiso de cumplir, pero se no pueden hacerlo debido a lo anterior.

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Finalmente, consideraron que es “indispensable que se autorice una extensión de tiempo razonable que permita el máximo cumplimiento.

«Esto, con el propósito de generar condiciones para que todos los contribuyentes atiendan esta obligación y se eviten sanciones”, subrayaron.

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