Así puedes saber el estatus de devolución de saldo a favor del SAT

Existe una forma sencilla y gratuita de consultar el estatus de devolución del saldo a favor de los impuestos del SAT.

Después de presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), muchos contribuyentes esperan la devolución automática de su saldo a favor.

Para ello, existe una forma sencilla y gratuita de consultar el estatus de devolución del saldo a favor del ISR (Impuesto Sobre la Renta).  

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, el SAT cuenta con un plazo de 40 días hábiles para realizar la devolución, dependiendo del monto a devolver.

No obstante, durante este periodo existe gran incertidumbre entre los contribuyentes, quienes desean conocer en qué parte del proceso se encuentra su devolución.

Ante esta situación, el SAT pone a disposición el “estatus de devoluciones”, herramienta que permite revisar si la devolución fue:

  • Aceptada o rechazada
  • Sigue en revisión
  • El pago fue emitido

Pasos para conocer el estatus de tu devolución del SAT

Para revisar en qué parte del proceso se encuentra tu devolución de impuestos, sigue los siguientes pasos:

  • Ingresa al portal oficial del SAT
  • Inicia sesión utilizando tu RFC, contraseña y e.firma
  • Revisa el resultado, en donde el sistema te mostrará si
  • La devolución fue aceptada
  • Continua en proceso
  • Requiere información adicional
  • Ya fue depositada

Cabe mencionar que, sí el estatus aparece como “pagada”, el depósito será enviado a la cuneta CLABE que registraste ante el SAT.

Casos en los que se adelanta el pago del saldo a favor

Aunque el SAT cuenta con u periodo de 40 días hábiles para realizar la devolución, estas pueden realizarse días antes del periodo señalado en los siguientes casos:

  • No hay inconsistencias
  • La declaración es correcta
  • Cuenta CLABE coincide

¿Qué puedes hacer si el SAT rechazó tu solicitud de devolución?

El SAT rechaza las devoluciones de saldos a favor por las siguientes razones:

  • Inconsistencias
  • Datos incorrectos
  • Errores en CLABE
  • Diferencias fiscales

Si el SAT rechaza tu devolución automática, puedes solicitar la devolución manual mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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SAT realizará visitas exprés a domicilios

El SAT realizará visitas rápidas que permitirán verificar si las actividades declaradas coinciden con la operación real del domicilio.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que, durante el mes de mayo, llevará a cabo visitas exprés en diversos domicilios fiscales a fin de detectar irregularidades y combatir la evasión fiscal.

Las visitas rápidas, también conocidas como auditorías exprés, permitirán verificar si las actividades declaradas coinciden con la operación real del domicilio.

Estas inspecciones serán realizadas por personal del SAT, quien acudirá sin previo aviso acompañado equipos legales. Durante las visitas, los trabajadores del SAT podrán utilizar equipo de grabación de audio y video para así documentar todo el proceso.

La razón principal es verificar la información declarada y confirmar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. Asimismo, se busca detectar inconsistencias entre la facturación y la actividad real del negocio.

Con estas acciones, el SAT busca evitar prácticas como el uso de facturas falsas o la simulación de operaciones, ya que se revisarán que los comprobantes cuenten con un respaldo real.

En caso de detectar irregularidades, el SAT podrá iniciar procedimientos administrativos, imponer sanciones económicas o penales.

Es importante mencionar que estas medidas aplicarán a quienes incurran en esquemas de evasión o simulación fisca. 

Código Fiscal respalda visitas exprés

Especialistas fiscales aseguran que este tipo de visitas se encuentran respaldadas por modificaciones recientes al Código Fiscal de la Federación, en los artículos 20-A y 49 Bis.

“Cuando las autoridades fiscales se encuentren ejerciendo cualquiera de las facultades establecidas en este Código, y detecten el incumplimiento al requisito establecido, podrán determinar lo que corresponda conforme a la facultad que estén
ejerciendo, sin que se requiera agotar previamente el procedimiento a que se refiere el artículo 49 Bis”.

Código Fiscal de la Federación

Estos estatutos permiten cuestionar la validez de los CFDI durante una visita al domicilio fiscal. En estos casos, el contribuyente deberá comprobar que las transacciones se realizaron como se han declarado y cuentan con evidencia de ello.

¿Quiénes podrían recibir una visita del SAT?

El SAT podrá acudir a diversos tipos de establecimiento como son:

  • Domicilios fiscales
  • Oficinas administrativas
  • Sucursales
  • Bodegas y almacenes
  • Locales comerciales
  • Puestos fijos o semifijos

A la hora de realizar este tipo de auditorías, los inspectores podrán verificar documentos, inventarios o condiciones del lugar.

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Cómo saber si tienes una deuda con el SAT desde tu celular y cómo pagar

Para evitar problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es necesario evitar las deudas. Por ello, en México Habla te decimos cómo puedes saber si le debes dinero desde tu celular y cómo puedes pagarlo.

Deberle dinero al SAT se debe principalmente por no declarar ingresos, omitir facturas, tener dos o más patrones, o si tu retención de impuestos (ISR) fue menor a la tasa real aplicable en tu declaración anual.

Asimismo, pueden generar deudas las multas que se derivan de no presentar declaraciones a tiempo u otros delitos fiscales, mismos que generan recargos y actualizaciones sobre la deuda original.

¿Cómo puedes saber si le debes al SAT?

  • Ingresa al sitio sat.gob.mx
  • Selecciona en las tres rayas el apartado ‘Trámites y servicios’
  • Da clic en ‘adeudos fiscales’
  • Inicia sesión con tu RFC y contraseña

Una vez realizado estos pasos, podrían aparecer tres casos:

Sin créditos fiscales: significa que no tienes adeudos

Créditos en firme: cuentas con una deuda que ya determinó el SAT

Créditos exigibles: tienes una deuda que ya puedes pagar o que está en proceso de cobro

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¿Qué puedes hacer si tienes una deuda con el SAT?

En caso de que cuentes con una deuda pendiente con el SAT, la autoridad fiscal puede otorgar facilidades de pago para que puedas regular tu situación fiscal.

En primer lugar, debes descargar el detalle del adeudo en PDF y verificar el concepto (ISR, IVA o multas).

Puedes realizar el pago desde el sitio de internet del SAT o mediante tu aplicación del banco con la línea de captura proporcionada por la autoridad.

Si no puedes liquidar el monto total en una sola exhibición, puedes solicitar un pago a plazos, la reducción de multas y tasas de recargos.

El cobro en mensualidades puede ser de 1 hasta 36 meses, con un pago inicial de al menos el 20% y una tasa fija de interés que va del 1.26 al 1.82 por ciento.

También, puedes seleccionar el pago diferido, con un pago inicial de 20%, así como elegir un plazo para liquidar la deuda, el cual no debe exceder los 12 meses.

Aunado a ello, los contribuyentes pueden solicitar una reducción de hasta el 100% de la multa, dependiendo de la antigüedad de esta, así como una disminución en la tasa de recargos. 

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SAT amplía horario de atención para presentar Declaración Anual 2025

Con el objetivo de apoyar a los contribuyentes en la presentación de la Declaración Anual 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que amplía el horario de atención en sus oficinas de todo el país.

El SAT recordó que el próximo 30 de abril es la fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal. Asimismo recomendó hacerlo dentro del plazo establecido para evitar multas o sanciones.

En este sentido, indicó que para ayudar a las personas a presentar en tiempo su Declaración Anual, a partir de este 22 de abril, amplía su horario de atención de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes, en sus 169 oficinas en todo el país.

Asimismo, informó que se implementaron mejoras que facilitan el cumplimiento de este trámite fiscal, cuya presentación puede realizarse a través del Portal del SAT, disponible las 24 horas del día, durante todo abril, en el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html

¿Quiénes deben presentar su Declaración Anual 2025?

Este trámite es obligatorio para quienes obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:

    1. Sueldos y salarios:
    • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
    • Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.
    • Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
    • Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.
    • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.
    • Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización.
    • Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    2. Servicios profesionales.

    3. Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

    4. Arrendamiento de bienes inmuebles.

    5. Enajenación o adquisición de bienes.

    6. Intereses o dividendos.

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    Fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025

    La Declaración Anual permite al SAT conocer las operaciones contables y fiscales de las personas físicas o morales realizadas el año anterior.

    Todos los años, los contribuyentes deben presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues el no cumplir con esta obligación podría derivar en sanciones económicas.

    Este trámite permite a la autoridad tributaria conocer todas las operaciones contables y fiscales de las personas físicas o morales realizadas el año anterior.

    En este 2026, la fecha límite para que las personas físicas puedan realizar la Declaración Anual 2025 es el 30 de abril, de acuerdo con el SAT.

    Este trámite puede ser realizado vía internet, para lo cual deberás contar con estos requisitos:

    • RFC
    • Contraseña del SAT
    • e.firma vigente
    • Datos bancarios

    Las personas físicas que deben presentar la declaración anual son quienes:

    • Obtuvieron ingresos por sueldos y salarios
    • Presentan servicios profesionales
    • Tienen actividades empresariales
    • Cobran rentas por algún inmueble
    • Enajenaron bienes
    • Tributan el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

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    ¿Cuál es la multa por no presentar la Declaración Anual?

    El Código Fiscal de la Federación establece sanciones económicas para quienes no presenten la declaración anual ante el SAT.

    De cuerdo con los artículos 81, fracción 1 y 82, las multas podrían ir de los 2 mil 50 a los 25 mil 360 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.

    Asimismo, la autoridad podrá imponer multas hasta en tres ocasiones, en caso de no atender los requerimientos de la declaración.

    Tiempo de espera para las devoluciones del SAT

    En algunos casos, la Declaración Anual puede arrojar un saldo a favor del contribuyente. Se trata de un beneficio bajo el concepto de devolución del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

    Este tipo de devoluciones se realizan dentro de los siguientes 40 días hábiles a la presentación de la declaración anual.

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    SAT lanza programa para eliminar multas y recargos; ve de qué se trata

    El Programa de Regularización Fiscal va dirigido a contribuyentes con adeudos que cumplan los criterios establecidos por el SAT.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal, con el cual se otorgan descuentos en multas, recargos y gatos de ejecución.

    Este esquema va dirigido a contribuyentes con adeudos que cumplan los criterios establecidos por la autoridad fiscal. Aplica para personas físicas y morales con adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores, siempre y cuando no excedan los montos determinados por el SAT.

    El Programa de Regularización Fiscal está dirigido a los contribuyentes que:

    • Cuenten con adeudos fiscales pendientes de ejercicios 2024 o anteriores
    • No superen los límites establecidos por el SAT
    • Cuenten con créditos fiscales susceptibles de regularización

    Con ello, se busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante medidas que reduzcan los adeudos de cada contribuyente.

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    Así puedes solicitar la reducción de multas y recargos

    Para obtener este beneficio, los interesados pueden realizar el trámite de dos formas:

    En línea

    • Ingresa al sitio web del Servicio de Administración Tributaria
    • Selecciona el apartado “Mi portal” e ingresa tu RFC y contraseña
    • Envía un escrito libre solicitando la regularización
    • Esperar la respuesta y realizar el pago correspondiente dentro de los plazos establecidos

    Presencial

    • Acude a una de las oficinas del para recibir orientación y presentar tu solicitud

    ¿En qué casos aplica la regularización fiscal?

    El programa contempla distintos tipos de adeudos fiscales, entre ellos:

    • Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales
    • Multas por infracciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior
    • Multas por incumplimiento de obligaciones distintas al pago
    • Multas con agravantes

    De acuerdo con el SAT, el estímulo puede alcanzar 100% de descuento cuando se trate de adeudos relacionados a contribuciones federales omitidas.

    En tanto, en los créditos fiscales firmes originados exclusivamente por multas, la reducción podría alcanzar hasta 90% de descuento.

    Para poder beneficiarse de este programa, el SAT recomienda verificar la información fiscal, ya que cualquier inconsistencia podría retrasar el proceso o impedir el acceso al beneficio.

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    SAT anuncia fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025 de empresas

    El SAT detalló que las fechas para presentar la Declaración Anual 2025 varían según el régimen fiscal de las personas morales.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la fecha límite para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025.

    Mediante un comunicado, la institución detalló que el plazo concluye el 31 de marzo de 2026, por lo que llamó a los contribuyentes a cumplir en tiempo y forma con esta obligación fiscal.

    Asimismo, mencionó que las fechas para presentar la declaración anual varían según el régimen fiscal al que pertenezcan las personas morales.

    El calendario revelado por el SAT es el siguiente:

    • Personas morales sin fines de lucro: fecha límite 16 de febrero de 2026.
    • Demás regímenes contemplados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): fecha límite 31 de marzo de 2026.

    Cabe señalar que la Declaración Anual 2025 es obligatoria para las empresas de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

    Plataforma con información precargada

    A fin de facilitar este proceso, el SAT cuenta con una plataforma con información precargada correspondiente al ejercicio fiscal.

    Algunos de los datos disponibles son:

    • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
    • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagadas en el ejercicio.
    • Retenciones efectivamente pagadas, como ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO.
    • CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
    • Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.

    En caso de requerir modificaciones en los ingresos o en los datos precargados, se deberán presentar declaraciones complementarias.

    Cuando exista un saldo a cargo, la información será actualizada 48 horas después de realizar el pago. Si el resultado es en ceros, el sistema lo reflejará en un plazo de 24 horas.

    Requisitos para la Declaración Anual 2025

    Para realizar la Declaración Anual 2025 es necesario contar con la e.firma vigente y con un servicio de banca en línea.

    En caso de obtener un salgo a cargo, el pago se deberá realizar mediante una transferencia electrónica a través de bancos autorizados.

    Con esta herramienta, el SAT busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas.

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    SAT pone en marcha Regularización Fiscal 2026; descuentos en multas y recargos

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal 2026, con el que se busca fomentar el cumplimiento de las obligaciones pendientes.

    El programa aplica a personas y empresas que tuvieron ingresos de hasta 300 millones de pesos en el ejercicio fiscal 2024, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación 2026.

    Con esta disposición, se busca facilitar la regularización de adeudos fiscales a través de estímulos aplicables a multas, recargos y gastos de ejecución.

    Mediante un comunicado, el SAT señaló que el programa permite disminuir hasta el 100% de obligaciones pendientes.

    Respecto a los créditos fiscales integrados exclusivamente por multas, los contribuyentes pueden acceder a una reducción de hasta 90% del monto.

    ¿Quiénes pueden acceder al Programa de Regularización Fiscal 2026?

    El programa está dirigido a contribuyentes que no hayan recibido condonaciones en programas generalizados anteriormente, ni hayan sido beneficiarios del estimulo previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2025.

    Asimismo, no aplica a quienes cuenten con sentencia condenatoria firma por delito fiscal ni a quienes formen parte de los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).

    El programa aplica a:

    • Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
    • Recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones propias, retenidas o trasladadas.

    Para consultar los detalles del programa, ingresa al sitio https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/ o comunícate a MarcaSAT: 55 627 22 728.

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    Estos son los plazos para la devolución del SAT en 2026

    La agilización de devoluciones forma parte del Plan Maestro 2026 del SAT, que tiene como objetivo detectar conductas de riesgo fiscal.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una serie de modificaciones en materia de devoluciones de saldo a favor.

    Se trata de un nuevo esquema de fiscalización, que busca beneficiar a quienes cumplen con sus obligaciones y presionar a quienes realicen conductas de riesgo fiscal.

    Uno de los cambios más sobresalientes es la reducción y estandarización de los tiempos de devolución.

    De acuerdo con los nuevos lineamientos del SAT, las personas físicas podrán recibir su saldo a favor en un promedio de cinco días; en tanto, las personas morales podrán obtener la devolución en alrededor de 30 días.

    Estos plazos resultan muy por debajo del límite legal vigente, que establece un periodo de hasta 40 días hábiles.

    La agilización de devoluciones forma parte del Plan Maestro 2026: “Atención al contribuyente y fiscalización”, que tiene como objetivo detectar esquemas que representen un riesgo para las finanzas públicas.

    Para ello, el contribuyente cumplido pasa a ser un actor confiable dentro del sistema tributario, prestando atención especial a quienes no cumplan en tiempo y forma sus obligaciones.

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     ¿A quién vigilará el SAT?

    Con estas modificaciones, el SAT priorizará las prácticas consideradas de alto riesgo fiscal, entre las que se encuentran:

    • Uso de empresas que facturan operaciones simuladas
    • Simulación de deducciones y omisión de ingresos
    • Abuso de estímulos fiscales y operaciones vinculadas con paraísos fiscales
    • Discrepancias entre importaciones, compras y ventas

    De esta manera, la autoridad fiscal busca eliminar la evasión sin saturar de requerimientos a quienes cumplen sus obligaciones.

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    Razones por las que el SAT podría bloquear tus cuentas bancarias

    El bloqueo de cuentas bancarias puede afectar tanto a personas físicas como a empresas, y no se limita a grandes deudores.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que los contribuyentes que incumplan sus obligaciones fiscales podrían enfrentar el bloqueo inmediato de sus cuentas bancarias.

    La medida es aplicada sin previo aviso, y tiene como fin instar a quienes mantienen adeudos o irregularidades que solucionen su situación fiscal.

    Asimismo, se busca combatir la evasión fiscal y detectar operaciones ilícitas, por lo que han reforzado sus acciones de prevención y seguridad.

    De acuerdo con el SAT, el bloqueo de cuentas puede afectar tanto a personas físicas como a empresas, y no se limita a grandes deudores, sino a contribuyentes que incumplan con los trámites básicos.

    La autoridad fiscal cuenta con la facultad de ordenar el bloqueo de cunetas cuando detecta irregularidades o incumplimientos reiterados

    Entre las principales razones para ordenar esta medida se encuentran:

    • No presentar la declaración mensual o anual de manera reiterada.
    • Falsificación de facturas, simulación de operaciones o actividades inexistentes para evadir impuestos.
    • Omisión del pago de impuestos dentro del plazo establecido.
    • Declaraciones de ingresos que no pueden comprobarse o movimientos bancarios que no coinciden con lo reportado ante el SAT.
    • No interponer medios de defensa ni ofrecer garantías cuando existe un crédito fiscal firme.

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    ¿Qué hacer si el SAT bloqueó tus cuentas bancarias?

    En caso de que no se reconozca el motivo del bloqueo de cuenta, deberás presentar un escrito libre en el Módulo de Atención de Servicios al Contribuyente. En dicho documento podrás solicitar el motivo de la inmovilización de tus cuentas bancarias.

    En caso de conocer el origen del bloqueo, verifique que efectivamente se encuentra en alguno de los casos que procede la inhabilitación de cuentas bancarias.

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