Fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025

La Declaración Anual permite al SAT conocer las operaciones contables y fiscales de las personas físicas o morales realizadas el año anterior.

Todos los años, los contribuyentes deben presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues el no cumplir con esta obligación podría derivar en sanciones económicas.

Este trámite permite a la autoridad tributaria conocer todas las operaciones contables y fiscales de las personas físicas o morales realizadas el año anterior.

En este 2026, la fecha límite para que las personas físicas puedan realizar la Declaración Anual 2025 es el 30 de abril, de acuerdo con el SAT.

Este trámite puede ser realizado vía internet, para lo cual deberás contar con estos requisitos:

  • RFC
  • Contraseña del SAT
  • e.firma vigente
  • Datos bancarios

Las personas físicas que deben presentar la declaración anual son quienes:

  • Obtuvieron ingresos por sueldos y salarios
  • Presentan servicios profesionales
  • Tienen actividades empresariales
  • Cobran rentas por algún inmueble
  • Enajenaron bienes
  • Tributan el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

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¿Cuál es la multa por no presentar la Declaración Anual?

El Código Fiscal de la Federación establece sanciones económicas para quienes no presenten la declaración anual ante el SAT.

De cuerdo con los artículos 81, fracción 1 y 82, las multas podrían ir de los 2 mil 50 a los 25 mil 360 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.

Asimismo, la autoridad podrá imponer multas hasta en tres ocasiones, en caso de no atender los requerimientos de la declaración.

Tiempo de espera para las devoluciones del SAT

En algunos casos, la Declaración Anual puede arrojar un saldo a favor del contribuyente. Se trata de un beneficio bajo el concepto de devolución del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Este tipo de devoluciones se realizan dentro de los siguientes 40 días hábiles a la presentación de la declaración anual.

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SAT lanza programa para eliminar multas y recargos; ve de qué se trata

El Programa de Regularización Fiscal va dirigido a contribuyentes con adeudos que cumplan los criterios establecidos por el SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal, con el cual se otorgan descuentos en multas, recargos y gatos de ejecución.

Este esquema va dirigido a contribuyentes con adeudos que cumplan los criterios establecidos por la autoridad fiscal. Aplica para personas físicas y morales con adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores, siempre y cuando no excedan los montos determinados por el SAT.

El Programa de Regularización Fiscal está dirigido a los contribuyentes que:

  • Cuenten con adeudos fiscales pendientes de ejercicios 2024 o anteriores
  • No superen los límites establecidos por el SAT
  • Cuenten con créditos fiscales susceptibles de regularización

Con ello, se busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante medidas que reduzcan los adeudos de cada contribuyente.

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Así puedes solicitar la reducción de multas y recargos

Para obtener este beneficio, los interesados pueden realizar el trámite de dos formas:

En línea

  • Ingresa al sitio web del Servicio de Administración Tributaria
  • Selecciona el apartado “Mi portal” e ingresa tu RFC y contraseña
  • Envía un escrito libre solicitando la regularización
  • Esperar la respuesta y realizar el pago correspondiente dentro de los plazos establecidos

Presencial

  • Acude a una de las oficinas del para recibir orientación y presentar tu solicitud

¿En qué casos aplica la regularización fiscal?

El programa contempla distintos tipos de adeudos fiscales, entre ellos:

  • Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales
  • Multas por infracciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior
  • Multas por incumplimiento de obligaciones distintas al pago
  • Multas con agravantes

De acuerdo con el SAT, el estímulo puede alcanzar 100% de descuento cuando se trate de adeudos relacionados a contribuciones federales omitidas.

En tanto, en los créditos fiscales firmes originados exclusivamente por multas, la reducción podría alcanzar hasta 90% de descuento.

Para poder beneficiarse de este programa, el SAT recomienda verificar la información fiscal, ya que cualquier inconsistencia podría retrasar el proceso o impedir el acceso al beneficio.

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SAT anuncia fecha límite para presentar la Declaración Anual 2025 de empresas

El SAT detalló que las fechas para presentar la Declaración Anual 2025 varían según el régimen fiscal de las personas morales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la fecha límite para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025.

Mediante un comunicado, la institución detalló que el plazo concluye el 31 de marzo de 2026, por lo que llamó a los contribuyentes a cumplir en tiempo y forma con esta obligación fiscal.

Asimismo, mencionó que las fechas para presentar la declaración anual varían según el régimen fiscal al que pertenezcan las personas morales.

El calendario revelado por el SAT es el siguiente:

  • Personas morales sin fines de lucro: fecha límite 16 de febrero de 2026.
  • Demás regímenes contemplados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): fecha límite 31 de marzo de 2026.

Cabe señalar que la Declaración Anual 2025 es obligatoria para las empresas de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

Plataforma con información precargada

A fin de facilitar este proceso, el SAT cuenta con una plataforma con información precargada correspondiente al ejercicio fiscal.

Algunos de los datos disponibles son:

  • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
  • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagadas en el ejercicio.
  • Retenciones efectivamente pagadas, como ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO.
  • CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.

En caso de requerir modificaciones en los ingresos o en los datos precargados, se deberán presentar declaraciones complementarias.

Cuando exista un saldo a cargo, la información será actualizada 48 horas después de realizar el pago. Si el resultado es en ceros, el sistema lo reflejará en un plazo de 24 horas.

Requisitos para la Declaración Anual 2025

Para realizar la Declaración Anual 2025 es necesario contar con la e.firma vigente y con un servicio de banca en línea.

En caso de obtener un salgo a cargo, el pago se deberá realizar mediante una transferencia electrónica a través de bancos autorizados.

Con esta herramienta, el SAT busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas.

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SAT pone en marcha Regularización Fiscal 2026; descuentos en multas y recargos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal 2026, con el que se busca fomentar el cumplimiento de las obligaciones pendientes.

El programa aplica a personas y empresas que tuvieron ingresos de hasta 300 millones de pesos en el ejercicio fiscal 2024, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación 2026.

Con esta disposición, se busca facilitar la regularización de adeudos fiscales a través de estímulos aplicables a multas, recargos y gastos de ejecución.

Mediante un comunicado, el SAT señaló que el programa permite disminuir hasta el 100% de obligaciones pendientes.

Respecto a los créditos fiscales integrados exclusivamente por multas, los contribuyentes pueden acceder a una reducción de hasta 90% del monto.

¿Quiénes pueden acceder al Programa de Regularización Fiscal 2026?

El programa está dirigido a contribuyentes que no hayan recibido condonaciones en programas generalizados anteriormente, ni hayan sido beneficiarios del estimulo previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2025.

Asimismo, no aplica a quienes cuenten con sentencia condenatoria firma por delito fiscal ni a quienes formen parte de los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).

El programa aplica a:

  • Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
  • Recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones propias, retenidas o trasladadas.

Para consultar los detalles del programa, ingresa al sitio https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/ o comunícate a MarcaSAT: 55 627 22 728.

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Estos son los plazos para la devolución del SAT en 2026

La agilización de devoluciones forma parte del Plan Maestro 2026 del SAT, que tiene como objetivo detectar conductas de riesgo fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una serie de modificaciones en materia de devoluciones de saldo a favor.

Se trata de un nuevo esquema de fiscalización, que busca beneficiar a quienes cumplen con sus obligaciones y presionar a quienes realicen conductas de riesgo fiscal.

Uno de los cambios más sobresalientes es la reducción y estandarización de los tiempos de devolución.

De acuerdo con los nuevos lineamientos del SAT, las personas físicas podrán recibir su saldo a favor en un promedio de cinco días; en tanto, las personas morales podrán obtener la devolución en alrededor de 30 días.

Estos plazos resultan muy por debajo del límite legal vigente, que establece un periodo de hasta 40 días hábiles.

La agilización de devoluciones forma parte del Plan Maestro 2026: “Atención al contribuyente y fiscalización”, que tiene como objetivo detectar esquemas que representen un riesgo para las finanzas públicas.

Para ello, el contribuyente cumplido pasa a ser un actor confiable dentro del sistema tributario, prestando atención especial a quienes no cumplan en tiempo y forma sus obligaciones.

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 ¿A quién vigilará el SAT?

Con estas modificaciones, el SAT priorizará las prácticas consideradas de alto riesgo fiscal, entre las que se encuentran:

  • Uso de empresas que facturan operaciones simuladas
  • Simulación de deducciones y omisión de ingresos
  • Abuso de estímulos fiscales y operaciones vinculadas con paraísos fiscales
  • Discrepancias entre importaciones, compras y ventas

De esta manera, la autoridad fiscal busca eliminar la evasión sin saturar de requerimientos a quienes cumplen sus obligaciones.

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Razones por las que el SAT podría bloquear tus cuentas bancarias

El bloqueo de cuentas bancarias puede afectar tanto a personas físicas como a empresas, y no se limita a grandes deudores.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que los contribuyentes que incumplan sus obligaciones fiscales podrían enfrentar el bloqueo inmediato de sus cuentas bancarias.

La medida es aplicada sin previo aviso, y tiene como fin instar a quienes mantienen adeudos o irregularidades que solucionen su situación fiscal.

Asimismo, se busca combatir la evasión fiscal y detectar operaciones ilícitas, por lo que han reforzado sus acciones de prevención y seguridad.

De acuerdo con el SAT, el bloqueo de cuentas puede afectar tanto a personas físicas como a empresas, y no se limita a grandes deudores, sino a contribuyentes que incumplan con los trámites básicos.

La autoridad fiscal cuenta con la facultad de ordenar el bloqueo de cunetas cuando detecta irregularidades o incumplimientos reiterados

Entre las principales razones para ordenar esta medida se encuentran:

  • No presentar la declaración mensual o anual de manera reiterada.
  • Falsificación de facturas, simulación de operaciones o actividades inexistentes para evadir impuestos.
  • Omisión del pago de impuestos dentro del plazo establecido.
  • Declaraciones de ingresos que no pueden comprobarse o movimientos bancarios que no coinciden con lo reportado ante el SAT.
  • No interponer medios de defensa ni ofrecer garantías cuando existe un crédito fiscal firme.

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¿Qué hacer si el SAT bloqueó tus cuentas bancarias?

En caso de que no se reconozca el motivo del bloqueo de cuenta, deberás presentar un escrito libre en el Módulo de Atención de Servicios al Contribuyente. En dicho documento podrás solicitar el motivo de la inmovilización de tus cuentas bancarias.

En caso de conocer el origen del bloqueo, verifique que efectivamente se encuentra en alguno de los casos que procede la inhabilitación de cuentas bancarias.

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SAT lanza esta advertencia para depósitos de 15 mil pesos

El SAT monitorea de forma constante diversas transacciones financieras, entre ellas los depósitos mayores a 15 mil pesos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que, a partir de octubre de 2025, los depósitos en efectivo que sumen más de 15 mil pesos al mes serán reportados de forma automática a la institución.

La medida busca mantener la transparencia y combatir prácticas ilícitas como el lavado de dinero o la evasión de impuestos. Debido a ello, la autoridad fiscal establece lineamientos y monitorea de forma constante diversas transacciones financieras dentro del sistema bancario.

Aunque dicha disposición no es reciente, en las últimas semanas, el SAT ha explicado de manera detallada las posibles repercusiones para los contribuyentes.

El artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la regla 3.5.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) establecen que las instituciones bancarias están obligadas a reportar al SAT cualquier ingreso en efectivo superior a los 15 mil pesos en el periodo de un mes.

Cabe resaltar que esta medida aplica a los depósitos realizados en ventanilla o mediante cajeros automáticos. No obstante, no incluye las transferencias electrónicas, los pagos realizados con tarjeta o los queches, ya que se tratan de transacciones que ya cuentan con un rastreo.

Aunque la medida no representa la imposición de un nuevo impuesto, los ingresos en efectivo que sobrepasen el monto límite pueden ser motivo de revisiones fiscales.

En caso de detectar incongruencias entre lo depositado y los ingresos que el contribuyente ha declarado, el SAT podría establecer multas o penalizaciones.

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¿Cómo evitar problemas con el SAT?

Para evitar este tipo de problema, los contribuyentes deben tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Justifica de manera clara y legal la procedencia de los depósitos en efectivo que se realizan de forma recurrente.
  • Realiza en tiempo y forma la declaración de tus impuestos, sin importar si eres un trabajador asalariado o independiente.
  • Corrobora que estás inscrito al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pues una recepción constante de depósitos sin registro formal podría provocar una fiscalización.

A las personas que reciben depósitos en efectivo con regularidad, el SAT les aconseja:

  • Mantener un registro detallado y claro de cada ingreso recibido
  • Optar por alternativas bancarias como las transferencias electrónicas
  • Contar con la asesoría de un contador o especialista fiscal para garantizar que los depósitos recibidos concuerden perfectamente con los ingresos que se han declarado

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Conoce las 5 razones por las que el SAT podría bloquear cuentas bancarias

El SAT es la instancia encargada de la recaudación fiscal, por lo que tiene la facultad de bloquear las cuentas bancarias con irregularidades.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a los contribuyentes que podría bloquear cuentas bancarias que presentes irregularidades.

La medida comenzó a implementarse dura este mes de noviembre. Por ello, en México Habla, te decimos cuáles son las razones por las que el SAT podría aplicar esta disposición.

Debido a que el SAT es la instancia encargada de la recaudación de impuestos, cuenta con la facultad de verificar y bloquear las cuentas que presenten irregularidades.

No obstante, es importante mencionar que los contribuyentes pueden aclarar cualquier situación y recuperar el acceso a sus cuentas.

Razones por las que el SAT podría bloquear tu cuenta

  • Falta de pago de impuestos
  • Declaraciones omitidas
  • Existencia de créditos fiscales firmes, es decir, deudas que ya no pueden ser impugnadas
  • Incumplimiento de requerimientos
  • Realización de operaciones simuladas, por ejemplo, facturación falsa emitidas por “empresas fantasmas”

Incurrir en cualquiera de estos cinco puntos podría impedir que tengas acceso a tu dinero hasta que se aclare la situación ante el SAT.

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¿Qué hacer si el SAT bloquea tu cuenta?

En caso de que el SAT detecte alguna irregularidad en tu cuenta, el bloqueo se realizará de forma automática y sin previo aviso.

Así que, si esto te ocurre, deberás actuar de forma rápida y buscar asesoría con algún contador fiscal para aclarar la situación ante el SAT.

En caso de contar con deudas fiscales, puedes acudir a las oficinas del SAT para establecer un convenio de pagos.

Una vez aclarada tu situación, el desbloqueo de cuentas bancarias tarda aproximadamente de una a cinco días hábiles, sin embargo, esto dependerá de cada caso.

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De esta forma puedes consultar la vigencia de tu e.firma en línea

La e.firma es un conjunto de datos y caracteres que sirven como identificación del contribuyente, utilizada para realizar tramites en el SAT.

Es indispensable contar con todos los documentos necesarios para realizar diversos trámites ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre ellos, la e.firma.

Sobre este documento de identificación, pocos saben que cuenta con una vigencia, misma que puedes consultar y renovar en línea.

Para poder consultar su vigencia, sigue estos pasos:

Este método de identificación cuenta con una fecha aproximada de cuatro años, por lo que después de ese periodo deberás renovarla.

¿Cómo renovar tu e.firma?

La Firma Electrónica Avanzada (e.firma) es un conjunto de datos y caracteres que sirven como identificación del contribuyente, misma que es utilizada para realizar tramites en el SAT.

Si tu e.firma venció hace menos de un año:

  • Ingresa al sitio: satid.sat.gob.mx
  • Seleccionar la opción “Renovación de e.firma”
  • Prepara los documentos necesarios (RFC, INE, correo electrónico personal y número celular).
  • Sigue las instrucciones
  • Imprime tu comprobante y guarda tu nuevo archivo con terminación cer

Sin embargo, es importante aclarar que, en caso de que tu e.firma haya vencido hace más de un año o fue revocada, será necesario que acudas personalmente a las oficinas del SAT.

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Trabajadores del SAT inician paro nacional: oficinas cerradas en CDMX 

Este martes, Trabajadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizan un paro nacional.

La protesta laboral se realiza bajo la modalidad de «brazos caídos», lo que significa que será en sus lugares de trabajo, por lo que llevarán vestimenta en color negro o rojo.

Los trabajadores del SAT exigen que se aplique el incremento de 12 por ciento efectuado al salario mínimo general vigente desde el 1 de enero de 2025.

Asimismo, señalan que sus condiciones laborales deficientes. Así como desigualdades entre personal sindicalizado y de confianza. Además del estado físico en el que se encuentran los inmuebles e instalaciones del SAT.

Oficinas del SAT sin servicio en CDMX

Los  trabajadores del SAT de las alcaldías Benito Juárez, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Iztacalco, Xochimilco y Coyoacán iniciaron el paro a las 8:00 horas de este martes en sus respectivas oficinas, mismas que no darán servicio hoy, estas son:

  • Módulo del Valle: Félix Cuevas 301, colonia Del Valle, Benito Juárez.
  • Módulo Distrito Federal 1: Bahía de Santa Bárbara 23, colonia Verónica Anzures, Miguel Hidalgo.
  • Módulo Distrito Federal 2: Avenida Paseo de la Reforma Norte 10, colonia Tabacalera, Cuauhtémoc.
  • Módulo Distrito Federal 3: Viaducto Río de la Piedad 507, colonia Granjas México, Iztacalco.
  • Módulo Distrito Federal 4: Avenida San Lorenzo 104, colonia San Lorenzo la Cebada, Xochimilco.
  • Módulo Oasis: Avenida Miguel Ángel de Quevedo 227, colonia Romero de Terreros, Coyoacán.

Trabajadores bloquean vialidades

Desde muy temprano, trabajadores se concentraron frente a las oficinas del SAT en Viaducto Río de la Piedad 507, en la alcaldía Iztacalco, donde realizaron un bloqueo que afectó las vialidades centrales y laterales del Viaducto, en dirección hacia el Aeropuerto Internacional de la CDMX.

Además, cerraron el acceso a la oficina ubicada en Viaducto y Troncoso, afectando  la circulación en la zona.

También, un grupo de trabajadores bloqueó la lateral de Paseo de la Reforma, a la altura de Rosales, frente a las instalaciones del SAT.

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