Conoce los requisitos para presentar tu Declaración Anual 2023 ante el SAT

El SAT informó que ya se acerca la fecha en la que los contribuyentes deben realizar su declaración anual del ejercicio fiscal 2023.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes ya se acerca la fecha en la que deben realizar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023. Aquí te decimos los detalles.

Las personas morales pueden presentar este trámite a partir del 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024.

En tanto, las personas físicas deben presentar este requerimiento del 1 al 30 de abril de 2024.

Cabe señalar que, la obligatoriedad de la Declaración Anual depende del régimen fiscal al que pertenece cada contribuyente.

La Declaración Anual es un trámite en el que se reporta los movimientos financieros y fiscales ocurridos en el año anterior, en este caso entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Este ejercicio permite conocer la situación fiscal del contribuyente para poder determinar el monto del impuesto a pagar.

Esta medida aplicada para personas físicas y morales permite la regularización fiscal y el cumplimiento de obligaciones tributarias en México.

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Requisitos para presentar la Declaración Anual 2023

Entre los requisitos para realizar la Declaración Anual se encuentran:

  • RFC
  • Contraseña
  • e.firma
  • En caso de saldo a favor, datos bancarios que incluyen la CLABE y nombre del beneficiario.

Para completar de forma exitosa la declaración, es necesario contar con comprobantes fiscales y registros de ingresos.

Para realizar este trámite puedes acceder al portal del SAT, llena los formularios que se requieren y fírmalos de manera digital

La omisión de este trámite puede resultar en sanciones económicas para los contribuyentes.

Quienes trabajan de manera independiente, recibieron ingresos por dos empleadores o tuvieron ingresos extraordinarios como liquidaciones, así como quienes han obtenido rentas por arrendamiento o ganado premios, deben presentar de manera obligatoria este requerimiento.

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Buzón Tributario: Anuncian prórroga para evitar multas

El SAT anunció una prórroga para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario. Te damos los detalles.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario.

Esta decisión se debe a que muchos contribuyentes han experimentado dificultades o no han podido cumplir con estos requisitos dentro de la fecha límite establecida anteriormente.

Buzón Tributario es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del SAT, a través del cual las autoridades fiscales podrán llevar a cabo notificaciones.

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Estas notificaciones son de cualquier acto o resolución administrativa a los contribuyentes, y estos a su vez, podrán efectuar promociones, solicitudes, avisos y demás

Por ello, es obligatorio para todas las personas físicas y morales registradas ante el SAT tener habilitado este servicio.

Sin embargo, muchos contribuyentes han tenido problemas técnicos al intentar realizar esta habilitación, lo que ha llevado al SAT a extender el plazo.

En este caso, el último día del 2023 era la fecha límite para cumplir con esta obligación en materia fiscal, pero, ante dicha situación, el SAT ha otorgado una prórroga en el Buzón Tributario.

La nueva fecha límite para habilitar el Buzón Tributario es el 31 de enero de 2024.

El SAT ha informado que aquellos contribuyentes que no cumplan con este requisito dentro de la fecha límite podrían enfrentar sanciones y multas.

Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes se pongan al día lo antes posible.

Fecha para tramitar la Carta Porte

Además de la prórroga para habilitar el Buzón Tributario, el SAT también ha extendido el plazo para tramitar la Carta Porte.

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La Carta Porte es un documento necesario para transportar mercancías en territorio mexicano a través de las empresas de transporte y carga.

Conoce los 5 trámites obligatorios que debes realizar ante el SAT en 2024

Evita problemas, entérate cuáles son los cinco trámites obligatorios que debes realizar ante el SAT en 2024.

Con el objetivo de evitar problemas con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), todos los contribuyentes deberán realizar 5 trámites obligatorios en 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Entérate cuáles son.

El SAT es el órgano desconcentrado de la SHCP encargado de recaudar los impuestos federales y vigilar el cumplimento de las obligaciones fiscales.

A través de sus redes sociales, el SAT informó que no se suspenderá la atención presencial sus oficinas durante el periodo vacacional del 18 de diciembre al 2 de enero.

Por lo que, las personas que tengan cita durante esta temporada podrán acudir con normalidad.

Cada año los contribuyentes deben realizar esta serie de trámites obligatorios ante esta dependencia:

Declaración anual

Este proceso se debe realizar en el mes de abril. Las personas físicas deben presentar la información de los ingresos, deducciones autorizadas, retenciones y pagos provisionales.

Este trámite se puede llevar a cabo en línea, los requisitos que necesitas son:

  • RFC con homoclave
  • Contraseña que deberás generarla o actualizarla a través de SAT ID
  • Tu e.firma
  • Cuenta CLABE con nombre del banco y CLABE vigente, sólo si hay saldo a favor.

Las personas físicas que deben presentar su declaración anual en 24 son quienes obtuvieron ingresos por:

  • Sueldos y salarios y asimilados a salarios
  • Servicios profesionales
  • Actividades empresariales
  • Régimen Simplificado de Confianza, por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que hayan realizado
  • Cobrar rentas por algún bien inmueble Reciben intereses o dividendos
  • Enajenaron bienes, si vendieron algún bien
  • Adquisición de bienes, si compraron algún bien

Pago de impuestos

Al realizar este proceso, el SAT establece ciertos lineamientos que deberás cumplir para no hacerte acreedor a una multa.

Para el pago de impuestos existen dos tipos de declaraciones:

  • Mensuales: Se presentan a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.
  • Anuales: Habitualmente se presentan al año siguiente de haber obtenido ingresos por las actividades realizadas.

Necesitas acceder con tu contraseña al servicio de declaraciones y pagos, presentar tu declaración y pagar los impuestos en bancos autorizados.

Inscripción al RFC

El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es la denominada clave de registro asignada por el SAT.

Lo puedes solicitar al cumplir los 18 años a través de internet, para ello debes contar con tu Clave Única de Registro de Población (CURP).

Si deseas tramitarlo en ventanilla deberás presentar:

  • CURP original
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio fiscal
  • Acuse de preinscripción en el RFC, si es que iniciaste el trámite en el portal del SAT

Firma electrónica  

Cualquier persona puede solicitarla, pues con ella podrás contar con tu e.firma (firma electrónica) para realizar una variedad de procesos ante el SAT.

Los requisitos para obtenerla son:

  • Identificación oficial vigente
  • CURP
  • USB
  • Correo electrónico
  • Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses)

Constancia de Situación Fiscal y Cédula Fiscal

La Constancia de Situación Fiscal sirve para identificar a la persona y deberá ser solicitada cuando sea contratado por primera vez en un empleo.

En tanto, la Cédula Fiscal permiten identificar al contribuyente como persona física o moral.

Para obtener estos documentos necesitarás acceder a la página del SAT con tu contraseña y e.firma.

Si requieres más información sobre estos u otros trámites puedes ingresar a la página del SAT: https://www.sat.gob.mx/home.

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Buzón Tributario: Así debes activarlo antes del 2024 para evitar una multa

El SAT anunció que a partir del 1 de enero de 2024, será obligatorio para todos los contribuyentes habilitar su buzón tributario.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado que a partir del 1 de enero de 2024, será obligatorio para todos los contribuyentes habilitar su buzón tributario. Te damos todos los detalles.

Precisaron que aquellos que no cumplan con esta disposición podrían enfrentar sanciones económicas.

Es importante mencionar que el buzón, por medio de su cuenta de e.firma, funge como un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes.

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Además, buscan simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

A través de este sistema, los usuarios pueden recibir notificaciones, requerimientos y avisos del SAT, así como enviar documentación requerida para su trámite fiscal.

El incumplimiento de esta obligación puede implicar una multa para los contribuyentes.

¿Qué multa aplica por no habilitar el buzón tributario?

Según lo establecido por el SAT, aquellos que no activen su buzón tributario antes del 31 de diciembre de este año podrían ser sancionados con una multa.

De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la multa por no habilitar el buzón tributario, no registro o no actualización de los medios de contacto va de entre 3 mil 420 pesos a 10 mil 260 pesos.

Deben habilitarlo todos los contribuyentes inscritos en el RFC, salvo las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.

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Tienen la opción de hacerlo o no las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas.

Para habilitar tu buzón da clic aquí.

O en la siguiente dirección:

http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

SAT amplía plazo para cumplir con complemento Carta Porte

El SAT anunció una ampliación en el plazo para cumplir con el complemento Carta Porte. Tómalo en cuenta para evitar multas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una ampliación en el plazo para cumplir con el complemento Carta Porte. Tómalo en cuenta y evita la sanción.

Esta medida fue establecida como obligatoria para aquellos contribuyentes que realizan actividades y operaciones de transporte de carga en territorio nacional

El SAT amplió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para no aplicar multas y sanciones por la incorrecta emisión de la factura con complemento Carta Porte. Esto quiere decir que el documento aduanero será exigible a partir del 1 de enero de 2024.

Este documento es usado para operaciones de traslado o por servicios de transporte de bienes o mercancías dentro de México.

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La ampliación del plazo permite así a los contribuyentes adaptarse y cumplir con los requisitos establecidos para no recibir multas fiscales.

¿Qué es el complemento Carta Porte?

El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte es un documento que acredita legalmente el transporte de bienes o mercancías. Estas vías de traslado pueden ser mediante autotransporte de carga en carreteras federales.

Por ello, desde el 1 de junio de 2021, los contribuyentes que trasladen bienes y/o mercancías deberán incluir el complemento de pago en sus CFDI. 

Este requerimiento también lo deben presentar los transportistas que trabajen vía marítima, vía aérea de carga o transporte ferroviario.

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De igual manera, el complemento contiene información detallada sobre la mercancía transportada, los trayectos realizados y los datos fiscales del emisor.

¿Cómo evitar la multa de 10 mil pesos del SAT para el 1 de enero 2024?

El SAT advirtió que a partir del 1 de enero de 2024 aplicará una multa de hasta 10 mil pesos si omiten este requerimiento.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que a partir del 1 de enero de 2024 aplicará una multa de hasta 10 mil pesos a los contribuyentes si omiten realizar este requerimiento.

El organismo apuntó que los contribuyentes podrían tener multas por no activar su Buzón Tributario o no registrar ni actualizar sus datos de contacto.

Esta disposición se basa en lo establecido en el artículo transitorio Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2023.

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Todos los contribuyentes que no cumplan con esta obligación podría ser acreedores a una multa de entre los 3 mil 420 y los 10 mil 260 pesos.

Asimismo, el SAT expuso que la fecha limite para registrar o actualizar, en personas físicas, estos datos ante el organismo fue el pasado 2 de octubre.

Por ello, a partir del 1 de enero de 2024, el SAT podría poner multa a los contribuyentes que no hayan realizado lo antes mencionado.

Es importante mencionar que, si no lo has hecho, puedes registrar o actualizar al menos dos medios de contacto en este enlace.

Los dos medios de contacto deben ser: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno, hazlo a la brevedad.

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¿Qué necesito para actualizar estos datos?

Ten a la mano tu Contraseña o firma electrónica (e.firma), las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario o actualizar tus medios de contacto.

Sorteo SAT por el Buen Fin: así puedes participar y ganar miles de pesos

El SAT anunció que durante el Buen Fin 2023, llevará a cabo un sorteo para ganar miles de pesos por tus compras. Así puedes participar.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que durante el Buen Fin 2023, llevará a cabo un sorteo de 500 millones de pesos repartido entre los contribuyentes que realicen compras con tarjeta de crédito o débito.

El Buen Fin es un evento anual de ventas que tiene lugar en México, generalmente durante el tercer fin de semana de noviembre. Busca que la gente aproveche y compre a mejores precios tecnología, artículos para el hogar, ropa, electrónicos, entre otras cosas.

Por ello, el SAT indicó que la finalidad de esta iniciativa es fomentar el uso de medios electrónicos de pago en esta temporada de descuentos y combatir la evasión fiscal.

Como en años pasados, la bolsa acumulada de premios del Buen Fin, será de 500 millones de pesos, de los cuales, 400 millones serán destinados a consumidores y los otros 100 millones a establecimientos.


En el caso de consumidores, se repartirán esos 400 millones de pesos, de manera que se tendrá un premio mayor de 250 mil pesos, así como 321 mil 260 premios que van desde 500 hasta 20 mil pesos.

Asimismo, para los establecimientos que también participen en el sorteo, se repartirán 100 millones de pesos, se tendrá un premio mayor de 260 mil pesos, y 4 mil 987 premios de 20 mil pesos.

A todos los ganadores se les depositará directo a sus cuentas.

¿Cómo participar en el sorteo SAT del Buen Fin?

Las bases son:

Persona física, registrada ante el SAT que realice una compra de al menos 250 pesos con tarjeta de crédito o débito en cualquiera de los establecimientos participantes en el Buen Fin.

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Es importante que tus ingresos durante el año fiscal anterior no superen los 5 millones de pesos.

Solo podrás participar si tu tarjeta de crédito o débito fue expedida en México.

De igual forma:

  • El registro de las compras que realices durante el Buen Fin se integrarán de inmediato a una base de datos, misma que contemplará los números de aprobación o autorización compatibles.
  • Por ello, no será necesario que realices algún tipo de registro.
  • Tener activo tu buzón tributario.

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Los establecimientos deben estar registrados en el programa de facturación electrónica del SAT.
Registrarse en la página https://www.elbuenfin.org/, antes del 16 de noviembre de 2023.

Los resultados finales se darán a conocer el 11 de diciembre de 2023 en el sitio web del Sorteo «El Buen Fin» 2023.

SAT advierte por sitios web falsos para defraudar a contribuyentes

El SAT advirtió sobre fraudes detectados en correos electrónicos y sitios web que usurpan la identidad de la institución.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió sobre fraudes detectados en correos electrónicos y sitios web que usurpan la identidad de la institución, por lo que pidió a los contribuyentes no caer en engaños.

A través de un comunicado difundido en sus redes sociales, el SAT detalló que su único portal oficial para realizar trámites y servicios es sat.gob.mx.

Indicó que en diversas redes sociales se han difundido la existencia de sitios web apócrifos que buscan suplantar la identidad de la autoridad tributaria y engañar al público en general.

Asimismo, reveló que se han detectado correos electrónicos con dominios que se hacen pasar por la autoridad tributaria.

 Asi como mensajes enviados por WhatsApp a fin de obtener los datos fiscales, cuentas bancarias o el número social de los contribuyentes.

Por esta razón, dio a conocer los medios de comunicación oficiales, a través de los cuales información relevante para los contribuyentes:

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También recordó que, el portal oficial de la institución no utiliza la terminación “.org”.

El SAT puntualizó que no realiza subastas, ni venta de bienes, productos, materiales, maquinaria pesada, camiones o vehículos particulares.

“El SAT reitera su compromiso con la ciberseguridad, ya que cuenta con sólidos mecanismos para evitar hackeos o robo de información que pudiera poner en riesgo a la institución o la información de los contribuyentes”.

Comunicado del SAT.

Exhortó a los contribuyentes a que, en caso de identificar la existencia sitios falsos o ser víctima de fraude, denunciarlo a través del siguiente correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

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Esta es la fecha para pedir al SAT la devolución de tu saldo a favor

Al hacer tu declaración anual de impuestos, tienes la opción de obtener un saldo a favor. Te decimos la fecha limite para este beneficio.

Al hacer tu declaración anual de impuestos, tienes la opción de obtener un saldo a favor. Pero debes de apurarte, puesto que sólo podrás solicitar la devolución automática al finalizar este mes. Te decimos todo lo que tienes que saber respecto a este beneficio.

Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan

El saldo a favor ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar que te sea devuelta la cantidad.

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Debido a esto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio para solicitar la devolución automática de su saldo a favor.

Señalaron que esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:

  • Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda.

Condiciones para aplicar la devolución del saldo a favor

Es preciso recalcar que la solitud de devolución automática se debe realizar inmediatamente cuando finalizas tu declaración anual fiscal en la plataforma del SAT.

Si se te pasó y no lo hiciste cuando ejecutaste el tramite, solo te queda la opción de devolución manual.

De igual forma, en caso de que el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, 

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Finalmente, debes recordar que la cuenta bancaria a la que solicites el depósito debe estar a tu nombre. Este requisito es para evitar irregularidades fiscales.

Esto debes hacer si el SAT te rechaza la devolución de saldo a favor

Cuando tengas saldo a favor en el SAT podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Te explicamos qué hacer si esto no pasa.

Cuando tengas saldo a favor en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Si este derecho te fue negado, te decimos qué puedes hacer al respecto.

¿Qué es el saldo a favor en el SAT?

El saldo a favor ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.

Como contribuyente puedes solicita tu devolución en forma automática. Para hacer valer tu derecho, el SAT facilita el proceso de devolución ofreciendo la posibilidad de recibir el saldo a favor de esta manera.

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Sin embargo, si tu saldo a favor es mayor a 150 mil pesos, no podrás acceder al beneficio de una devolución automática. Aún así, podrás pedir el pago a través de un Formato Electrónico de Devoluciones.

Recuerda que si el SAT rechaza la devolución automática de impuestos, el contribuyente debe revisar el motivo en su buzón tributario.

Otras de las razones por las cuales te puede rechazar la devolución automática es que: solicites la devolución por ejercicios fiscales distintos a 2022; además, cuando presentes la solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones.

Si este escenario llega a ocurrir y en el buzón tributario te llega un mensaje de que la devolución automática de impuestos resultó “rechazada”, puedes corregir las insistencias que el sistema detectó mediante una declaración complementaria.

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También tienes la opción de llenar el Formato Electrónico de Devoluciones en la pagina oficial del SAT.

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