SAT aplicará impuesto a compras con tarjetas bancarias

La nueva medida del SAT tiene como fin combatir la evasión fiscal y mejorar la recaudación en el comercio digital.  

El Servicio de Atención Tributaria (SAT) dio a conocer la implementación de un impuesto dirigido a las compras efectuadas en plataformas digitales extranjeras mediante tarjetas de crédito o débito.

Esta medida tiene como fin combatir la evasión fiscal y mejorar la recaudación en el comercio digital.  

Este impuesto afectará a los consumidores de productos que se venden en sitios como Amazon, Shein, Temu y Shopee, donde muchos productos estaban exentos de impuestos.

Con ello, se busca fortalecer el cumplimiento de las obligaciones fiscales y garantizar una competencia equitativa en el mercado digital.

La nueva normativa establece que todas las plataformas digitales que operan en México deberán registrarse ante el SAT para obtener un Registro Federal de Contribuyente (RFC).

Además, se verán obligados a aplicar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las transacciones que realicen en el país.

De esta forma, el precio de los productos finales aumentará, ya que las plataformas agregarán el costo de los impuestos al consumidor.

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La nueva política fiscal pretende regular el mercado digital para que tanto vendedores locales como internacionales contribuyan equitativamente al gasto público.

Asimismo, el SAT busca promover mayor formalidad y seguridad en las transacciones en línea, al ofrecer un entorno más controlado y justo para los consumidores y negocios.

Esta acción refleja el esfuerzo por parte de las autoridades fiscales para adaptarse a la evolución digital del mercado.

Con este impuesto, las plataformas digitales extranjeras contribuirán justamente a la economía del país. Lo que, a su vez, promueve un ambiente competitivo y justo para todos los actores del mercado digital.

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Pasos para recuperar tu e.firma del SAT

La e.firma es un documento personal e intransferible, que cuenta con protocolos de seguridad que impiden que otra persona la utilice.

Para realizar cualquier tramite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es indispensable presentar tu e.firma. Por ello, si la perdiste, aquí te decimos qué debes hacer para recuperarla.

La e.firma es un documento personal e intransferible, que cuenta con una serie de protocolos de seguridad que impiden que otra persona pueda usarla.

Esta razón es la que hace necesario que la vuelvas a tramitar si en alguna ocasión la extravías.

Para recuperar tu e.firma, es necesario que te presentes personalmente en la oficina del SAT de tu preferencia, ya que no podrás realizar el trámite en línea.

Pasos para recuperar tu e.firma

  • Ingresa a la página oficial del SAT para generar una cita https://citas.sat.gob.mx/.
  • Selecciona la opción “Contribuyente que cuente con RFC”.
  • Escribe tu RFC, tu CURP y un correo electrónico.
  • Acepta los términos del servicio, escribe el código captcha y da clic en “Siguiente”.
  • Selecciona el apartado “e.Firma renovación”.
  • Elige tu estado y el módulo al que deseas acudir.
  • Da clic en la fecha y en el horario en el que gustes agendar tu cita.

En caso de no haber disponibilidad de fechas u horarios, puedes unirte a la fila virtual en la que el sistema te notificará la próxima cita disponible.

Si aceptas esta opción, deberás estar al pendiente de tu correo electrónico, ya que solo tendrás 24 horas para confirmar la cita.

Documentos para recuperar tu e.firma

Cuando acudas a tu cita, deberás presentarte en la oficina seleccionada 15 minutos antes con la siguiente documentación:

  • Cita impresa 
  • Identificación oficial en original y copia
  • Dirección de correo electrónico
  • USB extraíble

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SAT ofrece facilidades de pago a contribuyentes con adeudos

Esta medida permite que tanto personas físicas como morales realicen pagos en parcialidades o pagos diferidos ante el SAT.

El Servicio de Atención Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes con adeudos pueden regularizar su situación fiscal mediante una serie de facilidades de pago.

Esta medida permite que tanto personas físicas como morales realicen pagos en parcialidades o pagos diferidos.

El programa permite una reducción de hasta el 100% en multas y una tasa de interés fija de acuerdo con el plazo seleccionado.

Los contribuyentes con adeudos establecidos por la autoridad o autodeterminados a través de las declaraciones podrán seleccionar entre dos modalidades:

Pago en parcialidades:

Con esta modalidad, el adeudo se puede liquidar hasta en 36 meses, con un pago inicial de, por lo menos, el 20% del adeudo total.

Asimismo, se establece una tasa de interés fija, según las parcialidades elegidas:

  • De 1 a 12 meses: 1.26%
  • De 13 a 24 meses: 1.53%
  • De 25 a 36 meses: 1.82%

Pago diferido:

En este esquema, se realiza un pago inicial de al menos 20% del total, el contribuyente podrá elegir cuándo desea liquidar el resto del adeudo en una sola exhibición, en un plazo no mayor a 6 meses.

Aunado a las facilidades de pagos, los interesados podrán solicitar una reducción de hasta 100% de la multa, de acuerdo con la antigüedad de esta, así como una reducción a la tasa de recargos.

Para conocer el monto exacto del adeudo y las facilidades de pago a las que son candidatos, debes agendar una cita a través de la página oficial del SAT: https://citas.sat.gob.mx/.

¿Qué pasa si incumplo con mis pagos?

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), el no pagar los adeudos fiscales trae consecuencias como:

  • El SAT reportará la información de tus adeudos fiscales ante el Buró de Crédito y Círculo de Crédito, lo que podría afectar tu historial crediticio y reducir la posibilidad de adquirir algún crédito financiero.
  • El fisco podrá bloquear tus cuentas bancarias y de inversión.
  • Se comenzará un Procedimiento Administrativo de Ejecución en tu contra con el que podrán embargar tus bienes.
  • En caso de ser emprendedor, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que generes se cancelarán, impidiendo que factures o cobres por tus servicios.
  • Si tienes devoluciones de impuestos pendientes, la autoridad podrá tomar dichos recursos para saldar tus adeudos fiscales.

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Claudia Sheinbaum anuncia que Antonio Martínez Dagnino continuará como titular del SAT

Claudia Sheinbaum informó este jueves que Antonio Martínez continuará como titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Claudia Sheinbaum confirmó hoy que Antonio Martínez Dagnino permanecerá como titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su administración.

Asimismo, la presidenta electa indicó que gran parte del equipo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público continuará en sus cargos.

«Se va a quedar Antonio, él se queda. Se queda prácticamente todo el equipo de (la Secretaría de) Hacienda, nada más el subsecretario de egresos, que como les decía, Juan Pablo de Botton, se va al Gobierno de la Ciudad», dijo en entrevista con medios.

Por otra parte, mencionó que sostendrá una reunión con el secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, para trabajar en el presupuesto del próximo año y descartó la creación de nuevos impuestos.

¿Quién es Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT?

Licenciado en Contaduría y Maestro en Finanzas por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Cuenta con más de una década de experiencia en el Sistema Financiero Mexicano y en las áreas de Política Fiscal y Tributaria de la Administración Pública Federal.

Asimismo, se ha desempeñado en áreas de auditoría, supervisión y análisis de instrumentos financieros en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

En diciembre de 2018, fue designado como titular de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En dicho encargo ha obtenido, entre otros, los siguientes resultados:

  • En solo tres años y 9 meses de la actual administración, la AGGC recaudó en auditorías el 107% de lo cobrado en los seis años de la administración anterior, al tener un ingreso de 719 mil 832 millones de pesos, mientras que durante toda la administración pasada se cobraron 672 mil 055 millones de pesos.
 
  • A septiembre de 2022, en materia de devoluciones la AGGC abatió el rezago de trámites de la administración anterior, con un tiempo promedio de atención de 22 días, 45% más expedito que los 40 días establecidos por Ley.
 
  • En materia del fortalecimiento del marco jurídico, ha impulsado reformas trascendentales en materia de los impuestos sobre la renta y valor agregado, destacando las de no objeto en IVA y las reestructuras coorporativas en ISR.
 
  • En 2021, publicó por primera vez en la historia del SAT las tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes por sector económico, lo que ha facilitado a los contribuyentes medir sus riesgos impositivos y generar su autocorrección.

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¿Qué pasa si no presento la declaración anual 2023 y a qué hora vence el plazo?

Este día, 30 de abril, se vence el plazo para que las personas físicas presenten la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 ante el SAT.

Este día, 30 de abril, se vence el plazo para que las personas físicas presenten la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Las autoridades indicaron que la declaración anual 2023 tiene un plazo límite que vence este martes a las 18:00 horas.

Todas las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023. No hacerlo a tiempo conlleva consecuencias como multas y recargos.

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En este caso, las siguientes son las sanciones que el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
contempla en relación a la Declaración Anual:

*De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación a que se esté comprometido, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo indicado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento», estipula el SAT.

El SAT ha descartado otorgar prórrogas adicionales, por lo que los contribuyentes deben cumplir con esta obligación fiscal antes de que finalice el día de hoy.

Las oficinas del SAT brindan servicio de 8:30 a 18:00 horas, pero también se puede realizar el trámite por internet a través del portal de trámites y servicios del SAT.

Utilizar el portal web del SAT para hacer la declaración 2023 tiene la ventaja de que el cálculo de los impuestos se hace de manera automática.

Además, el pago puede realizarse mediante banca electrónica o pago referenciado.

En caso de que el saldo sea a favor, solo se necesita la clave interbancaria (CLABE) de la cuenta personal.

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¿Cómo presentar la declaración anual 2023?

Para realizar el trámite, debes entrar al portal https://www.sat.gob.mx/home) y hacer estos pasos:

  • Dar clic en iniciar
  • Ingresar RFC y contraseña o e.firma
  • Llenar los datos solicitados en el formato de declaración
  • Firmar y enviar
  • Obtener el acuse de recibo de la declaración

¿Qué puedes hacer si el SAT rechazó la devolución a de tu saldo a favor?

En caso de que el SAT rechace la devolución automática de tu saldo a favor existen una serie de pasos que debes hacer.

Existen diferentes motivos por los cuales el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede rechazar la devolución automática de tu saldo a favor.

En México Habla te decimos qué puedes hacer en estos casos.

El SAT puede rechazar la devolución de tus impuestos en los siguientes casos:

  • Si presentas tu declaración con contraseña y no con e.firma
  • Si te encuentras como no localizado en el domicilio fiscal registrado en el SAT
  • Si estas dentro de la lista de contribuyentes incumplidos
  • Si la CLABE clave interbancaria donde se realizará la devolución tiene problemas

Asimismo, si tu saldo a favor es mayor a 150 mil pesos, no podrás obtener el beneficio de una devolución automática. En este caso, podrás solicitar el pago a través del Formato Electrónico de Devoluciones.

Si el SAT rechaza la devolución automática de los impuestos, el contribuyente debe revisar el motivo en su Buzón Tributario.

Otras razonas por las cual es SAT puede rechazar la devolución automática son:

  • Obtener ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión
  • Solicitar la devolución por ejercicios fiscales distintos a 2023
  • Presentar la solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones previo a la obtención del resultado de la declaración que ingresaste
  • Presentar tu declaración después del plazo estipulada

Si en la devolución automática te aparece una leyenda de “rechazada”, puedes corregir las inconsistencias que el sistema detectó mediante una declaración complementaria o llenar el Formato Electrónico de Devoluciones en el siguiente enlace.

En caso de que esta solicitud haya sido rechazada por el SAT, puedes seguir los siguientes pasos:

Reinicia el trámite

Revisa si el SAT señaló los argumentos para rechazar tu devolución. Es muy importante que no aparezca el concepto “negada”.

Si el SAT vuelve a rechazarla, el contribuyente puede continuar con ese trámite tantas veces sea necesario para conseguir su saldo, siempre y cuando no aparezca “rechazada”.

Acude a Prodecon

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) brinda orientación a los contribuyentes de forma gratuita para realizar un proceso conciliatorio.

Puedes contactarlos en el correo atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx o vía telefónica al 5512059000 en Ciudad de México y al 800 611 0190 en el interior del país.

Checa tu Buzón Tributario

Es posible que en el Buzón Tributario haya una notificación u oficio del SAT que señale la causa por la cual la devolución fue rechazada.

De esta manera podrás saber qué cambios necesitas hacer o si necesitas iniciar un proceso de impugnación o revocación.

Presenta recurso de revocación

Al negar la devolución de impuestos, se pueden activar otros mecanismos del Código Fiscal de la Federación para que el contribuyente inicie un proceso de impugnación.

Al recurrir al recurso de revocación, que es un procedimiento de impugnación en la Administración General Jurídica del SAT, se evaluarán las pruebas, información y el procedimiento.

Inicia juicio de nulidad en tribunales

Si el SAT determina que no procede la impugnación o la revocación, es decir que no procede la devolución del saldo a favor, se puede iniciar un juicio de nulidad.

Este juicio se realiza en el Poder Judicial a través de un juzgado o tribunales. Este proceso puede durar aproximadamente 2 años y necesitará la asistencia de un abogado.

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Estos son los gastos médicos que puedes deducir en tu declaración anual

Algunos gastos médicos deducibles pueden disminuir los ingresos acumulables del ejercicio fiscal, logrando una devolución de impuestos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que pueden deducir los gastos médicos al presentar su Declaración Anual 2023. Aquí te decimos cuáles son.

A través de un comunicado, detalló que los contribuyentes que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, tienen la posibilidad de deducir una serie de gastos médicos.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso.

Tales deducciones permiten que el contribuyente pueda obtener una devolución de impuestos en determinados casos.  

Los gastos médicos que se pueden decir en la declaración anual son:

  • Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales
  • Gastos hospitalarios
  • Medicinas incluidas en facturas de hospitales
  • Honorarios a enfermeras
  • Análisis o estudios clínicos
  • Prótesis
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
  • Lentes ópticos graduados
  • Primas por seguros de gastos médicos

Cabe señalar que, estos gastos son deducibles para el contribuyente o familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

El SAT detalló que para hacer efectiva la dedición de estos conceptos, los gastos deben ser respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional.

Asimismo, los gastos den haberse pagado mediante un cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito u servicios.

Igualmente se pueden deducir los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal.

Para ello, se debe contar con el certificado o la constancia correspondiente expedida por instituciones de salud pública.

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Declaración Anual 2023: Estos son los 3 gastos de tu auto que son deducibles de impuestos

Algunos gastos deducibles de impuestos tienen que ver con los relacionados a tu automóvil. Entérate cuáles son.

Al presentar tu Declaración Anual, como contribuyente tienes derecho a realizar una deducción fiscal de ciertos conceptos. Algunos de ellos tienen que ver con tu auto, aquí te decimos cuáles son.

Algunos gastos deducibles de impuestos son los que tienen que ver con la salud, educación, donativos, etc.

Estos conceptos se conocen como “deducciones personales” y dentro de ellas se encuentras algunos servicios para el automóvil que puedes incluir en tu declaración.

De acuerdo con el Servicio de Atención Tributaria (SAT), al realizar tu Declaración Anual es importante mostrar facturas electrónicas para la aplicación de las deducciones.

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La presentación de los deducibles depende del régimen fiscal al que pertenezcas, pero de manera general los gastos relacionados con el coche que puedes deducir son:

  • Compra de gasolina o diésel

En este caso, el SAT establece que la carga de combustible debe realizarse en alguna estación que no esté a más de 50 kilómetros del domicilio fiscal.

  • Equipo de mantenimiento

La compra de batería, refacciones y anticongelante son deducibles siempre y cuando solicites tu factura.

  • Tramites vehiculares

La tenencia, verificación y el seguro del automóvil también pueden ser deducibles. Para ello, deben realizarse a tu nombre e indicar tu régimen fiscal.

Cabe señalar que, el pago de estos gastos debe hacerse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

La deducción de estos conceptos no procede si el pago se realizó en efectivo.

La declaración anual correspondiente al 2023, para personas físicas, se realiza del 1 al 30 de abril.

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Impuestos se podrán pagar en parcialidades: SAT

El SAT dio a conocer que los contribuyentes podrán realizar el pago de impuestos hasta en seis parcialidades.

El Servicio de Atención Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes a los que se le determine pagar impuestos pueden hacerlo hasta en seis parcialidades.

A través de un comunicado, el SAT detalló que esta medida será efectiva siempre y cuando se realice la declaración en tiempo y forma dentro del tiempo legal establecido.

Asimismo, indicó que la primera parcialidad debe realizarse dentro del mismo periodo, es decir abril de 2024.

Para poder realizar el pago de impuestos en parcialidades se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Las parcialidades se realizarán a más tardar el último día del mes que correspondan.
  • Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los pagos se deben realizar en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Se pueden cubrir los pagos de manera anticipada.
  • Si no se pagan las parcialidades en el tiempo establecido se cobrarán recargos.
  • El último pago debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024.

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¿Quiénes deben presentar su Declaración Anual 2023?

El SAT precisa que las personas físicas que deben presentar la Declaración Anual 2023 son quienes:

  • Obtuvieron ingresos de un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Obtuvieron salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos anuales.
  • Han realizado servicios profesionales.
  • Desempeñan actividades empresariales.
  • Cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Adquirieron o compraron bien inmueble.

Para presentar tu Declaración Anual 2023 debes contar con RFC, contraseña o tu e.firma.  

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¿Quiénes pueden solicitar una devolución de saldo a favor al SAT?

Se aproxima la fecha para realizar la Declaración Anual 2023. ¿Quiénes pueden solicitar la devolución de impuestos y quiénes no?

En abril se debe presentar la Declaración Anual de impuestos para las personas físicas. Algunos contribuyentes podrían obtener una devolución de impuestos o saldo a favor.

Por ello, aquí te decimos quiénes pueden solicitar la devolución de este dinero y quiénes no.

Una vez realizada la Declaración Anual, el Servicio de Atención Tributaria (SAT) puede rechazar tu solicitud de devolución, en caso de presentar inconsistencias.

De acuerdo con el portal de internet del SAT, los contribuyentes que no podrán solicitar la devolución en forma automática son aquellas que:

  • Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Soliciten devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
  • Presenten su solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
  • Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución.
  • Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B.
  • Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.
  • Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.

Asimismo, el portal de internet señala que para hacer efectiva la devolución de forma automática el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber señalado la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
  • Haber presentado tu declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda.
  • Contar con número de cuenta CLABE a 18 dígitos que se encuentre activo para que, en caso de que proceda el importe autorizado, sea depositado.
  • La cuenta CLABE debe ser única por contribuyente.

Sin embargo, debes tener en cuenta que si el saldo a favor es excedente a los 150 mil pesos no podrás realizar el trámite de manera automática.

En este caso, para poder solicitar tu devolución deberás llenar el Formato Electrónico de devoluciones (FED), que también encuentras en la página de internet.

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