Profeco da 48 horas a Ticketmaster para suspender cláusula de reembolso

Ticketmaster exigía a sus compradores aceptar que no rembolsará el costo del boleto si no se presenta algún artista durante un festival.

Ticketmaster

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una medida precautoria en la que le da un plazo de 48 horas a Ticketmaster para desistir de su clausula de reembolso.

Esto tras conocerse que la empresa exigía a sus compradores aceptar que no se reembolsaría el costo del boleto si alguno de sus artista cancelara su participación en un festival.

Ante dicha condición, algunos consumidores consideraron que la cláusula permite que los festivales anuncien artistas que no vendrán, solo para impulsar la venta de los boletos.

Ante el reclamo de los compradores, la Profeco le advirtió que debe eliminar esa medida o habrá consecuencias.

“La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitirá medida precautoria a efecto de que la proveedora Venta de Boletos por Computadora, S.A. de C.V. (TICKETMASTER), en un término de 48 horas, suspenda la información consistente en la negativa de reembolso por la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados para un festival”.

La dependencia federal aclaró que la cláusula de Ticketmaster podría ser violatoria de los artículos 1°, 7, 10 segundo párrafo, 56 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Asimismo, indicó que todo proveedor está obligado a respetar los servicios que su hubieran ofrecido al consumidor.

Por lo que, si se ofreció que cierto artista participaría en el evento en cuestión, lo cual motivó la compra del boleto para este evento, la proveedora debe respetar tales condiciones.

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La Profeco aclaró que, en caso de cancelación por una emergencia o causas de fuerza mayor, público tiene derecho a solicitar el reembolso del evento.

“Una bonificación o compensación no menor al 20 por ciento, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor”.

Por último, la Profeco señaló que, si Ticketmaster no atendiera la medida precautoria, se haría acreedor a una infracción.

También, sostuvo que el consumidor afectado tiene hasta un año de plazo   para presentar su queja ante la dependencia.

“De no atenderse la medida precautoria, daría lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley”.

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