Ley de Tabaco: ¿En qué lugares sí se puede fumar?

Por Ley General para el Control del Tabaco, ya no se podrá fumar en diversos establecimientos en México. Te decimos en qué lugares sí puedes.

Por disposición oficial, debido a los cambios al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, ya no se podrá fumar en diversos establecimientos en México. Por ello, te decimos en qué lugares sí puedes prender y consumir un cigarrillo.

Desde el 15 de enero pasado, no se puede fumar al interior de los hoteles, escuelas, plazas comerciales, edificios gubernamentales, restaurantes y zonas de concurrencia.

De igual manera, la mencionada ley estableció otra limitación: la prohibición de toda forma de publicidad, es decir, que los productos no se exhiban en espacios comerciales.

La ley se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hace algunas semanas.

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La Secretaría de Salud federal afirmó que el reglamento busca “proteger a la población de la exposición al humo del tabaco en cualquier área física con acceso al público».

Asimismo, la autoridad sanitaria implementó nuevas condiciones para las zonas de fumadores.

En los espacios, ahora catalogados como «cien por ciento libres de humo y emisiones», se dispondrán de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones.

La dependencia apuntó que las personas podrán consumir tabaco en zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente al aire libre.

En estos espacios «para fumar» no se podrá consumir alimentos y bebidas; tampoco ofrecer servicios de entretenimiento, actividades sociales o de esparcimiento.

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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la encargada de vigilar la correcta implementación de este reglamento. En dado caso, también podrá sancionar.

Juez niega revocar nueva disposición sobre prohibición de consumo y exhibición de tabaco

Un juez federal negó suspender temporalmente la nueva ley que establece las bases en México para el consumo de tabaco en espacios.

Un juez federal negó suspender temporalmente la nueva ley que establece las bases en México para el consumo y la promoción de tabaco en espacios.

El pasado domingo 15 de enero, entró en vigor las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que establece nuevas disposiciones y restricciones para fumadores.

Estas limitaciones son: la prohibición total de toda forma de publicidad y la prohibición de fumar en zonas de concurrencia colectiva, como restaurantes.

De tal manera, imposibilita la promoción o exhibición de productos de tabaco en todos los espacios, es decir, en puntos de venta como tiendas de autoservicio.

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Ahora, solo será visible una lista con el nombre del producto y su precio, ya no serán presentadas las cajetillas en mostrador.

Por tal razón, el juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, Ulises Oswaldo Rivera González, recibió una solicitud de amparo de la empresa Habano 2000 para frenar el reglamento.

Al analizar la propuesta, el juez rechazó suspender las modificaciones.

La petición de amparo tenía como propósito, en caso de aprobarse, continuar con la publicidad, publicidad y patrocinio de los productos elaborados con tabaco.

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Walmart de México también presentó un amparo en contra de la ley, pero el Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa, no ha dado entrada a la demanda de garantías. Prevén que se considere como «no presentada», debido a que esa empresa no aclaró su oficio formal.

Por lo tanto, persiste las acciones para desincentivar el consumo de tabaco en diversos lugares.

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